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Armenia  |  18 junio de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Alcalde de Armenia y otros funcionarios pudieron incurrir en falsa motivación en convenio de alumbrado navideño

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Al parecer Empresas Públicas de Armenia carecía de idoneidad para suscribir con el Municipio de Armenia, el convenio interadministrativo 024 del 2017, mediante el cual unieron esfuerzos económicos con destino a la realización del alumbrado navideño en esta capital, durante la vigencia del 2017, por cuanto dicha entidad no cuenta con experiencia específica para realizar esa labor.

El mencionado convenio tiene un monto inicial de $ 508 millones, el cual fue adicionado en 50 más, para un total de $ 558 millones, de los cuales el Municipio de Armenia aportó $ 458 millones y Empresas Públicas $ 100 millones.

Presuntos

Al suscribirse el convenio interadministrativo sin que EPA contara con la idoneidad y experiencia específica pudo haber incurrido en los presuntos delitos de celebración indebida de contratos, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, según se desprende de la investigación detallada que ha llevado a efecto el dirigente social Alejandro Rodríguez Torres.

Por estos hechos y otras presuntas conductas ilegales, deberán responder en el caso de ser llamados por el ministerio público, el alcalde Carlos Mario Álvarez Morales, el director del Departamento Administrativo de Hacienda Augusto González Peralta, el secretario de Infraestructura Álvaro José Jiménez Torres y el gerente de EPA Carlos Alberto Hurtado Plaza, contra quienes fue radicada queja disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación en la sede central de Bogotá fundamentada en diferentes hechos y derechos.

Comparación

Alude el quejoso a que los funcionarios de la administración de Armenia y EPA, al suscribir el convenio de alumbrado navideño, presuntamente incurrieron en falta de idoneidad, falta de experiencia específica, falsa motivación y detrimento patrimonial.

En el voluminoso documento entregado a la Procuraduría, se afirma que para demostrar la comisión de las presuntas faltas por parte de los funcionarios de EPA y del Municipio de Armenia fue realizada comparación entre los convenios de alumbrado navideño correspondientes a los años 2016 y 2017.

Es pertinente preguntarse cómo Empresas Públicas pudo acreditar idoneidad y experiencia específica en 2017, cuando en las consideraciones y cláusulas del Convenio Interadministrativo del alumbrado navideño del 2016 suscrito entre EPA y Edeq, la entidad municipal admitió carecer de ellas, pudiéndose configurar en este caso una presunta falsa motivación en todo el proceso del convenio.

Detrimento patrimonial

El documento, refiere que históricamente, desde hace doce años, hasta el 2016, la Empresa de Energía del Quindío Edeq, aportaba recursos económicos en calidad de donación con destino al alumbrado navideño en la ciudad de Armenia, situación que no ocurrió en el caso presentado en el 2017 lo que podría ser considerado como un detrimento patrimonial para las arcas de la capital quindiana.

Agrega que la idoneidad la otorga la experiencia específica y no la Ley, contrario a la postura que erróneamente argumenta el Municipio de Armenia y EPA al afirmar que la Ley 1819 de 2016 a través de la cual se adoptó la Reforma Tributaria Estructural, faculta a EPA a suscribir el mencionado Convenio Interadministrativo.

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