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Judicial  |  07 diciembre de 2021  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Supertransporte abre investigación en contra de empresa de asistencia en tierra y del Concesionario del Aeropuerto de Cartagena

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La Superintendencia de Transporte formuló cargos en contra de Aerosupport S.A.S., empresa prestadora de servicios en tierra y de la Sociedad Aeroportuaria de la Costa S.A.-SACSA S.A, concesionaria del Aeropuerto de Cartagena, por presuntamente incumplir con la obligación de suministrar información oportuna y adecuada sobre los servicios que se ofrecen a usuarios que participan en la aviación privada y el costo que estos deben asumir para acceder a los mismos.

De acuerdo con el caso, la Asociación Colombiana de Aviación Civil General – AOPA presentó denuncia ante la Superintendencia de Transporte, relacionada con una presunta vulneración a sus derechos como usuarios de la infraestructura aeroportuaria y contratantes de servicios conexos que requiere la aviación privada en el Aeropuerto Rafael Núñez de Cartagena.

Lo anterior, en relación con las condiciones bajo las cuales se prestan los servicios de escala o handling, que son aquellos que tienen que ver con el apoyo o asistencia en la llegada, permanencia y salida de aeronaves y personas. En este caso, específicamente, se refieren a los servicios de plataforma, el suministro de cuñas de aseguramiento y de conos de señalización, el cargue y descargue de la aeronave, así como el suministro de equipos y disposición de personal en tierra para el traslado de personas con movilidad reducida, vigilancia privada, entre otros.

Sumado a lo anterior, al parecer, también existe la obligatoriedad para estos usuarios de tomar “servicios handling” no requeridos sin que se les permitiera ejercer el derecho de elección, pues se estaría suministrando y/o cobrando servicios como el servicio de señalero, el carreteo y parqueo, cuando estos no fueron solicitados por los usuarios de la aviación privada.

Todos estos servicios que no fueron solicitados por los aviadores privados, fueron dispuestos y vendidos como un “paquete de servicios básico de handling”, presuntamente, imposibilitándose la escogencia libre del usuario que participa desde la aviación privada. Igualmente, se evidenciaron posibles ventas atadas, las cuales están prohibidas en la normatividad, al condicionar la prestación de los servicios que comprenden el derecho de aeródromo a la adquisición del paquete “handling básico”.

En caso de ser encontradas responsables, las sociedades Aerosupport S.A.S. y SACSA, podrían ser sancionadas individualmente con multas de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, lo que corresponde a $1.817.052.000.

 

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