• JUEVES,  28 MARZO DE 2024

Armenia  |  01 octubre de 2022  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Juez niega declarar nulo el cobro de valorización

0 Comentarios

Imagen noticia

El Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Armenia negó la solicitud de declarar nulo el cobro de valorización, tras demanda impetrada por un ciudadano que consideró que ya habían prescrito los 5 años de plazo que dio un acuerdo municipal para hacer dicho cobro.

La acción jurídica fue interpuesta por el ciudadano Luis Óscar Quintero Mejía, quien le había pedido a un juez de la República que declarara la nulidad del Acto Administrativo Mandamiento de Pago nro. 1774 del 30 de marzo de 2021, mediante el cual se libra Orden de Pago a través del proceso de cobro coactivo a favor del Municipio de Armenia y a cargo del señor Luis Oscar Quintero Mejía.

También pedía se declarara la nulidad del Acto Administrativo Resolución 3150 del 21 de septiembre de 2021 “Por medio del Cual se Resuelven excepciones en contra del acto administrativo mandamiento de pago nro. 1774 del 30 de marzo de 2021”

Así mismo solicitó se declarara la nulidad del Acto Resolución 6588 de fecha 2 de noviembre de 2021, mediante el cual se resolvió el recurso de reposición en contra de la Resolución nro. 3150 del 21 de septiembre de 2021.

En su demanda solicitó se declare probadas las Excepciones al Mandamiento de Pago especialmente la de Prescripción Extintiva de la Obligación Tributaria por concepto contribución de valorización por haber transcurrido más de 5 años, sin que la administración municipal adelantara la acción de cobro y el indebido cobro de los Intereses de Financiación.

En otros términos, lo que pretendía el ciudadano era que el municipio de Armenia no cobrara la contribución de valorización, creada por un acuerdo de 2014, ni los intereses correspondientes por no pago oportuno, argumentando que habían pasado los cinco años dados por el acuerdo y, por tanto, había prescrito la norma.

 

El juez, en su fallo, consideró que no se configura la prescripción extintiva de la obligación tributaria y ni el indebido cobro de los intereses de financiación contenidos en el mandamiento de pago nro. 1774 del 30 de marzo de 2021 y por tanto no hay lugar a declarar nulos los actos administrativos de Mandamiento de Pago nro. 1774 del 30 de marzo de 2021, mediante el cual se libra orden de pago a través del proceso de cobro coactivo a favor del Municipio de Armenia y a cargo del accionante.

Al negar la declaratoria de nulidad, el cobro de valorización en Armenia sigue vigente, y los ciudadanos que no han cancelado aún deben pagar esta obligación, mientras que aquellos que no se acogieron a la rebaja de intereses por pagos en los plazos dados por el gobierno, deberán cancelar también los intereses. El gobierno está en la potestad de iniciar procesos coactivos para obtener los pagos, con embargos de los bienes contra quienes se niegue a hacerlo.

El fallo del juez es de primera instancia.

PUBLICIDAD

Comenta esta noticia

©2024 elquindiano.com todos los derechos reservados
Diseño y Desarrollo: logo Rhiss.net