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Colombia  |  21 marzo de 2024  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Si el papá de sus hijos debe alimentos, ya no necesitará su permiso para salir del país

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En una decisión significativa, un juez ha emitido una orden que cambia el panorama para los niños que buscan salir del país en medio de disputas por incumplimiento al pago de la cuota alimentaria. La decisión emitida recientemente, ratifica lo ya establecido en el artículo 6 de la Ley 2097 de 2021; lamentablemente, pese a estar establecido expresamente en la ley, no se estaba cumpliendo.

Es por esta razón que este tema ha llamado la atención, ya que los usuarios de la justicia, hijos de padres deudores de alimentos, y abogados de familia han podido identificar que esta ley no se ha cumplido a cabalidad por parte de migración Colombia, lo que establece la ley, es que todo menor de edad cuyo padre o madre se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, REDAM, no requiere autorización para salir del país por parte del progenitor moroso que se encuentre inscrito.

La orden judicial ha generado debates, pero sobre todo, ha generado esperanza y grandes expectativas sobre los derechos de los menores de edad, involucrados en los complejos procesos de las disputas relacionadas con el incumplimiento del pago de la cuota alimentaria, pues este fallo dictaminó lo ya ordenado en la ley, para que la deuda por alimentos y la inscripción en REDAM, sea razón suficiente para que los menores de edad salgan del país sin permiso del padre deudor. Este precedente podría tener un impacto significativo en situaciones similares, proporcionando una perspectiva legal que considera el bienestar de los niños.

Para el abogado Jimmy Jiménez, del bufete INTEGRITY LEGAL, este fallo marca un cambio significativo en las leyes relacionadas con la cuota alimentaria y la migración, destacando la importancia de resaltar y atender en cualquier actuación legal el interés superior de los NNA.

Al respecto indicó:

"Esta decisión judicial marca un paso importante para que se dé cumplimiento legal, priorizando el bienestar de los niños, niñas y adolescentes. Reconocemos la complejidad de las disputas por alimentos, pero también creemos firmemente que los niños no deben ser rehenes de circunstancias legales; sobre todo cuando existe desinterés por parte de uno de los padres, al punto de abandonar sus deberes e incumplir con la cuota de alimentos.  Este fallo refuerza la necesidad de cumplimiento legal por parte de las entidades, dando enfoque a priorizar el interés superior de los menores, al tiempo que garantiza que los derechos de todos los involucrados sean respetados. Como entidad, estamos comprometidos a ajustar nuestras políticas de migración de acuerdo con esta decisión, contribuyendo así a un sistema más justo y compasivo”.

En respuesta a esta decisión, Migración Colombia ha sido instruida a ajustar sus políticas para cumplir con la orden judicial. Se espera que esta medida proporcione una mayor claridad y coherencia en la aplicación de las leyes migratorias en situaciones que involucran disputas por alimentos.

Este caso destaca la complejidad de las cuestiones legales relacionadas con la familia y la migración, subrayando la necesidad de un enfoque equilibrado que proteja los derechos de todos los involucrados, especialmente los menores de edad.

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