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Salud  |  30 junio de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Quedó prohibida en Montenegro la venta de productos tóxicos inhalantes a menores de edad

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Montenegro es el único municipio del Quindío que mediante Acuerdo del concejo, propuesto por el gobierno local, prohíbe bajo cualquier circunstancia, la venta a menores de edad de productos inhalantes tóxicos que se utilizan con fines laborales, cosméticos o incluso escolares.

El propósito de las autoridades de Montenegro, es brindar la protección correspondiente a los niños, niñas y adolescentes, según lo indicó el alcalde Álvaro Hernández Gutiérrez, preocupado por la salud de los jóvenes, muchos de ellos adictos a oler pegante y otros productos que les afecta su salud.

Sustancias

Explicó el mandatario que las sustancias prohibidas son cloruro de metileno o diclorometano, que es un líquido usado como disolvente industrial y de pintura y se encuentra en productos como el dick y removedores de pintura; nitrito de amilo/alquilo, utilizado para crear el denominado popper; petróleo de uso industrial como thinner, varsol, disolventes industriales, gasolina y pegantes industriales; tolueno, que se encuentra en selladores de madera, pegante bóxer, removedores de uñas y pinturas en aerosol; cloroformo y formol.

La propuesta del alcalde, aprobada por el concejo municipal de Montenegro indica que toda persona natural o jurídica que venda, suministre, distribuya y/o comercialice productos inhalantes o sustancias químicas tóxicas, determinadas por la Secretaria de Salud del municipio, estará obligada a fijar en un lugar visible de su establecimiento comercial un cartel o impreso en el que informe sobre la prohibición de vender este tipo de sustancias químicas tóxicas o de efecto similar, a menores de edad.

Advertencias

Adicionalmente la norma indica que los envases de los productos y sustancias a que se hace referencia deberán señalar, en forma fácilmente legible en la etiqueta, además del nombre del producto, su fabricante y/o envasador, las siguientes advertencias: "Peligro. Contiene sustancias tóxicas. Prohibida la venta a menores de edad. No se inhale ni se ingiera" o “mantener fuera del alcance de los niños”. Dicha medida aplica también en caso de reenvase de los productos o sustancias objeto del Acuerdo.

En Montenegro queda prohibido también reenvasar productos inhalantes y sustancia químicas toxicas en frascos o botellas de refrescos, gaseosas y/o cerveza, so pena de incurrir en las sanciones establecidas.

Sanciones

Ordena el gobierno de Montenegro a quienes posean, mantengan o conserven productos inhalantes o sustancias químicas tóxicas, para uso industrial, artesanal y doméstico, impedir que los menores de edad, manipulen, usen, tengan acceso, inhalen o ingieran estos productos en el lugar que se encuentren, so pena de incurrir en las medidas correctivas determinadas por la ley.

Las sanciones contra quienes violen las medidas establecidas en el acuerdo, van desde multa tipo 4 correspondiente a 32 salarios mínimos diarios, equivalentes a $ 833 mil 324, hasta el cierre del establecimiento comercial.

Colegios

Indica el gobierno de Montenegro que las instituciones educativas que en desarrollo de su currículo o plan de estudio requieran usar, manipular, almacenar y/o conservar los productos y sustancias de este tipo deberán tomar todas las medidas sanitarias, de precaución y seguridad para que los estudiantes y docentes o directivos no se vean afectados en su salud por la inhalación o ingesta de estas sustancias.

Una vez firmado este acuerdo, las autoridades civiles y de Policía, iniciaron la promoción y desarrollo de campañas de información, promoción de la salud y de prevención, dirigidas a la población en general, sobre el uso, consumo y abuso de productos inhalantes o de sustancias químicas tóxicas y sus efectos en la salud de las personas.

 

 

 

 

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