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Colombia  |  19 diciembre de 2018  |  10:23 AM |  Escrito por: Edición web

Aprobado proyecto de ley que da más facultades a Supersalud

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Anoche, luego de su aprobación en Plenaria del Senado, el Proyecto de Ley que busca otorgarle mayores facultades sancionatorias a la Superintendencia Nacional de Salud, quedó a un paso de convertirse en Ley de República.

De acuerdo con el Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, este proyecto le permitirá a la Entidad actuar con severidad frente a los casos de abuso y violación en la prestación de este servicio, elevando las multas que ahora pasan de un máximo de 2.500 SMLMV a 8.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta de 2.000 SMLMV para personas naturales.

Contempla también, multas sucesivas para quienes no cumplan con una orden impartida por la Entidad, de hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta los 300 SMLMV para personas naturales.

Aumenta el catálogo de sanciones. Así, desde su implementación, la Superintendencia podrá suspender el certificado de autorización, hacer cierres temporales o definitivos de uno o varios servicios y remover del cargo a los representantes legales, revisores fiscales y gerentes de EPS o de las demás entidades vigiladas, e inhabilitarlos hasta por 15 años para ocupar cargos en entidades o instituciones públicas y privadas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

“Lo que logramos es que las personas que comenten estos delitos y no manejan bien los recursos de la salud, se aparten del sistema” Dijo Aristizábal Ángel.

Otro de los alcances del proyecto ley que destacó el funcionario, es la consolidación del juez de la Superintendencia como Juez Técnico de la salud. Indicó que, la Entidad podrá dedicarse más a los riesgos en salud que a los riesgos económicos, con la eliminación de competencias jurisdiccionales que no corresponden propiamente al objeto de la Entidad.

“Solo dos de los asuntos jurisdiccionales que debe atender la Entidad, involucran la salud del usuario, los otros cinco son temas económicos que tienen que ver con facturas o pagos de licencias, que podrían resolver los jueces”. Explicó el Superintendente, quien además expresó que, al concentrar las acciones judiciales de la Superintendencia en los casos que involucran realmente la calidad de la salud del usuario, descongestionamos el sistema y ganamos terreno en el mejoramiento de la calidad y la oportunidad de los servicios.

También se modifica los términos para decidir en la función jurisdiccional, contemplando estándares de calidad científica y jurídica, que le permitan a la Súper, emitir sentencias responsables con la sostenibilidad financiera del sector y con la eficiencia del gasto público, acordes con principios como el de universalidad sin dejar de lado la protección del derecho a la salud.

De acuerdo a lo anterior, la nueva ley contempla que en 20 días se resolverán demandas sobre negación de cobertura del Plan de Beneficios en Salud -PBS, conflictos de multiafiliación, de libre elección y movilidad, y prestaciones excluidas del PBS. En 60, lo que tiene que ver con reembolsos económicos y gastos médicos y en 120 días, devoluciones y glosas.

Finalmente, fija los límites a los procesos de reorganización para garantizar un correcto flujo de recursos y el pago de acreencias, con el objetivo de que no se diluyan las responsabilidades adquiridas por la entidad solicitante, especialmente, cuando se encuentran en medida especial.

“Con el fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud, la modificación de los términos para decidir en la función jurisdiccional y el reenfoque de las facultades como juez de la salud en los asuntos técnicos y no en los administrativos, la Superintendencia contará con las herramientas necesarias para que quienes atentan contra los recursos de la salud no lo sigan haciendo”, puntualizó el Superintendente Aristizábal Ángel.

Este proyecto de ley, que ya tuvo el respaldo del Congreso de la República, pasa a sanción presidencial para convertirse en Ley de la República, antes de que finalice el 2018.

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