• VIERNES,  29 MARZO DE 2024

Política  |  23 febrero de 2019  |  12:39 AM |  Escrito por: Edición web

Alcalde de Montenegro y 12 concejales y exconcejales fueron citados a audiencia por la Procuraduría General de la Nación

0 Comentarios

Imagen noticia

La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia al alcalde de Montenegro, Quindío, James Cañas Rendón, a la exalcaldesa (E) Luz Adriana Flórez Giraldo, por presuntamente reglamentar y sancionar actos administrativos relacionados con una zona de desarrollo turístico prioritario, sin agotar los procedimientos legales establecidos.

También están citados los concejales: Luz Cristina Sanz Arias, Leonardo Molina Álvarez, Dora Melffy Duque Vargas, José Joel Vega, y los concejales para el periodo 2012-2015 Óscar Méndez Jaramillo, Sigifredo Vanegas Holguín, Carlos Alberto Usma Giraldo, Luis Fernando Grajales, Roberith Olaya Guzmán, Luis Fernando Bustamante Serna, Leidy Diana García Guerrero y Fanny Rocío Osorio Díaz.

De acuerdo con el material recaudado, con la aprobación del acuerdo 010 de 2015, que denominó el corredor Montenegro-Pueblo Tapao como una zona de desarrollo turístico prioritario, y el Decreto 094 del 29 de diciembre de 2015, que reglamentó su uso; los investigados habrían podido omitir normas relacionadas con el trámite de consulta ante la Corporación Autónoma Regional, la concertación con el Consejo Territorial de Planeación y la socialización con las comunidades.

Recordó el ente de control que “(…) las decisiones que se tomen en el campo del ecoturismo deben ser concertadas y participativas de tal manera que ofrezcan un marco propicio para la resolución adecuada y equitativa de los potenciales conflictos, reconozcan diversas formas organizativas existentes y permitan incorporar las expectativas de los diferentes actores locales y regionales”.

Y agregó que los procesos de ordenamiento ambiental y planificación de las áreas sobre las cuales se va a desarrollar una actividad turística deben realizarse “(…) en coordinación con las instancias nacionales y regionales y en armonía con las políticas y normas existentes”.

Para el Ministerio Publico, con esta conducta posiblemente se transgredió el artículo 1o del Decreto 2079 de 2003 que establece que “las revisiones y ajustes a los planes de ordenamiento territorial a que hace referencia el artículo 12 de la Ley 810 de 2003, se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstas en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997”.

En esta etapa procesal se calificó la conducta de los implicados como grave cometida a título de culpa gravísima.

La audiencia tendrá lugar el 28 de febrero de 2019 a partir de las 9:00 de la mañana en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Armenia.

 

PUBLICIDAD

Comenta esta noticia

©2024 elquindiano.com todos los derechos reservados
Diseño y Desarrollo: logo Rhiss.net