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Judicial  |  01 noviembre de 2017  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Los diputados, exdiputados y la secretaria de la Asamblea del Quindío siguen vinculados al proceso por el presunto delito de prevaricato por acción

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Todos los acusados siguen vinculados al proceso hasta llegar a la audiencia de juicio oral

Un juez de segunda instancia confirmará o revocará la medida adoptada en contra de la acusada Marieth Vanegas, secretaria de la Asamblea Departamental y afectada con medida de aseguramiento sin restricciones de la libertad, por el presunto delito de Prevaricato por Acción, cometido cuando se aprobaron varias ordenanzas.

Luego de la sustentación de la apelación por parte del representante legal de la imputada, Julián Giraldo, las diligencias cumplidas durante la audiencia pública se trasladan al juez de segunda instancia para que tome la decisión correspondiente en este caso.

En la audiencia pública de este martes, el abogado de la señora Marieth Vanegas sustentó el recurso frente a la decisión adoptada por la juez primero penal municipal con función de control de garantías, consistente en dictar medida de aseguramiento e imponer medias no privativas de la libertad, como el regreso al país, el pago de 10 salarios mínimos legales mensuales, presentación ante la autoridad judicial cada 15 días, vigilancia permanente y la observación de buena conducta.

Aunque la fiscal de administración pública retiró el recurso de apelación en la audiencia del lunes, en donde la juez dictó medida de aseguramiento sin restricción de la libertad contra los diputados Luis Alberto Rincón, Néstor Jaime Cárdenas Jiménez y Mariluz Ospina García; los exdiputados César Londoño Villegas, Margarita María Ramírez Tafur y Luz Mery Bedoya de López, y la secretaria de la Asamblea del Quindío, este martes intentó sustentarlo, intervención que la juez no permitió y la emplazó a referirse exclusivamente a la apelación argumentada por el apoderado de la señora Vanegas.

La fiscalía juzga a estas siete personas por el presunto delito de prevaricato por acción en concurso homogéneo y sucesivo, porque, al parecer, incurrieron en violación de la ley cuando tramitaron y aprobaron las ordenanzas 010, 011, 012 y 015 de 2015 presentadas a la Asamblea Departamental por la entonces gobernadora Sandra Paola Hurtado Palacio.

El trámite del proceso contra todos los acusados continúa, para lo cual se cuenta con 90 días para presentar escrito de acusación, que llegará a reparto en el Centro de Servicios Judiciales donde asignarán el juez penal del circuito de conocimiento, quien señalará fecha para la audiencia de formulación de acusación.

Una vez realizada la audiencia, se señala fecha para la audiencia preparatoria, en dicha diligencia se fija fecha para el juicio oral y público dentro de los 30 días siguientes a la terminación de la audiencia preparatoria.

Todos los acusados siguen vinculados al proceso hasta llegar a la audiencia de juicio oral, donde el juez emite el sentido del fallo que puede ser condenatorio o absolutorio, esa es la última fase del proceso, el juicio oral y público, en ese momento termina, aunque tiene el recurso de apelación y finalmente el de casación ante la Corte Suprema de justicia Sala de Casación Penal.

El abogado Julián Giraldo apoderado de la señora Vanegas dijo que su defendida cumplirá la orden de la juez en el plazo correspondiente, así esté cursando un recurso de apelación.

Para esta decisión existe un plazo de 15 días, al término del cual, el juez convoca a audiencia pública y anuncia su decisión materializada en auto interlocutorio de segunda instancia.

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