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Región  |  24 agosto de 2019  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Pacientes de EPS piden por tutela gafas de lujo, matrículas para sus hijos y remodelación de sus casas

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Desde la entrega de gafas Antonio Banderas, el pago de matrículas y de pensión escolar, hasta la remodelación de casas, son algunas de las tutelas “absurdas” que ha tenido que asumir Nueva EPS con recursos de la salud, como resultado de decisiones judiciales que amparan este tipo de gastos.

José Fernando Cardona Uribe, Presidente de Nueva EPS, denunció que la entidad se ve obligada cada año a comprometer recursos que deberían ser destinados a servicios de salud, por cumplir con fallos judiciales que van en contravía de los conceptos médicos y las regulaciones del país.

“Desde la creación de Nueva EPS nuestro objetivo primordial ha sido el de garantizar el derecho de la salud a nuestros afiliados, no obstante, este tipo de decisiones, obligan a destinar millones de pesos a servicios no salud, lo cual atenta contra los recursos presupuestados para generar una atención integral” recalcó Cardona.

Ante estas decisiones el Presidente de la Compañía fue enfático en resaltar la responsabilidad de proteger dichos recursos “En línea con la normatividad y con nuestro deber como aseguradores, los recursos del Sistema deben ser usados exclusivamente para la prestación de servicios de salud, sin embargo, ante este tipo de decisiones nos vemos obligados a entregarlos, pues al no cumplirlas se vienen desacatos con órdenes de arresto, que todos los días ponen tras las rejas a nuestros gerentes en todo el territorio nacional”.

Tutelas por insumos no salud

 

Todos los días a Nueva EPS llegan diferentes solicitudes para la entrega de insumos no salud. Tan solo en el mes de julio, la Compañía recibió 476 acciones judiciales, por servicios no incluidos en el Plan de Beneficios como elementos de aseo y cuidado personal (pañales y pañitos), soportes en casa (camas, colchonetas y cojines), cuidadores domiciliarios, hospedajes, alimentación, cosméticos, entre otros.

“Si bien estas acciones judiciales no alcanzan a ser ni el 0.05% del total de actividades en salud que garantizamos cada año - más de 101 millones de servicios prestados en 2018 – son recursos que inclusive en ocasiones no retornan, y que terminamos asumiendo todos los que cotizamos al sistema general de seguridad social” agregó el presidente José Fernando Cardona.

Es importante anotar que muchos afiliados recurren a la vía judicial, sin consultar y verificar los derechos que tienen como afiliados; es por eso que Nueva EPS extiende una invitación a utilizar los canales dispuestos para este tipo de dudas, en Bogotá al 3077022 y las líneas gratuitas nacionales: Régimen Contributivo 01 8000 954400 y Régimen Subsidiado 01 8000 952000.

“Más allá de las tutelas, hay que resaltar el esfuerzo de NUEVA EPS por garantizar los servicios en salud de nuestros afiliados, de allí que hemos venido desvirtuando aquella teoría que ubica a las EPS con mayor número de usuarios liderando los rankings de quejas, ejemplo de ellos es el informe entregado en mayo de 2019 por la Supersalud, en el cual la Compañía ocupó el 9° lugar en el Régimen Contributivo con una tasa de 1.6 quejas por cada 1.000 afiliados, y en el Subsidiado el lugar #12 con 0.8 por cada 1.000” concluyó Cardona Uribe.

Servicios “excéntricos”

 

Los siguientes fallos permiten dimensionar, el alcance de algunas tutelas que obligan a NUEVA EPS a prestar servicios, procedimientos, e insumos que no están establecidos en el Plan de Beneficios de Salud, y en cuyos casos se ha garantizado toda la atención:

Gafas Antonio Banderas

Un afiliado que, desde antes de 2008, interponía acciones de tutela donde solicitaba cremas cosméticas, rehabilitación oral, medicamentos e insumos No incluidos en el Plan de Beneficios. Dentro de los servicios entutelados, se ordenó a la Compañía, suministrar marcos “Antonio Banderas” para unas gafas Transition ordenadas por optometría y que le fueron entregadas con otro marco, a pesar de que independiente de la marca, el resultado es el mismo para su afección visual.

Continuamente presenta daños de las prótesis entregadas e incluso de los implantes, como también con las gafas para las que solicita cambio 2 y 3 veces al año por daño, o porque ya no le sirven, aunque los profesionales prescriptores opinen lo contrario.

En 2012 se comprobó que estaba haciendo radicación de reembolsos por servicios de salud son soportes falsos y al notificar al Juez, se declaró no competente para castigar esta situación y conminó a NUEVA EPS a entregar todo lo que el afiliado solicitará.

Insumos para deporte paralímpico

Un afiliado en condición de discapacidad al que un rehabilitador deportólogo particular, le sugirió practicar Boccia para lo que requería una silla de ruedas especial para competición, el juego de bolas y bebidas energizantes mientras jugaba.

Ante la respuesta de Nueva EPS informando que los insumos requeridos para la práctica del deporte no corresponden a servicios de salud y por lo tanto no son financiables, el afiliado interpuso una acción de tutela ante Juez de la República que consideró qué, aunque el deporte es un derecho económico, social y cultural, podía elevarse a la categoría de fundamental y ordenó a Nueva EPS el suministro de los insumos deportivos y la bebida hidratante al afiliado.

Debido a la imposibilidad de garantizar estos insumos con los operadores y de conseguirlos con casas deportivas a nivel nacional, Nueva EPS terminó contactando al Comité Paralímpico Colombiano en donde facilitaron el contacto para realizar la importación desde Portugal, siendo así la única forma en la que fue posible cumplir lo ordenado por el Juez.

Matricula, pensión y transporte escolar

Un menor de edad con diagnóstico de sordera en su infancia temprana, y Nueva EPS garantizó el implante coclear. Posteriormente se exigió el pago de educación especial y ante la negativa de la EPS por ser exclusión del plan de beneficios, interpuso acción de tutela que ordenó a la Compañía asumir el costo de la educación del menor.

A través de múltiples desacatos la madre ha exigido transporte escolar, acompañamiento por tutor sombra e incluso el pago de actividades extracurriculares, a pesar de que, en Junta Médica de Especialistas, se concluyó que el menor tenía el mismo nivel de sus compañeros por lo que podría asistir a cualquier colegio y Nueva EPS no tendría que continuar asumiendo el costo de su educación.

A pesar de que el Juez finalmente se pronunció a favor de la EPS, la madre del mejor interpuso una nueva tutela en su municipio natal, frente a la cual el Juez nuevamente ordenó reiniciar los pagos de matrícula y pensión escolar, transporte, loncheras, tutor para acompañamiento y traslado del menor y el pago de las actividades extracurriculares en las que la madre lo matricule.

 

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