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Región  |  29 marzo de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Sobre medidas de salubridad y combate de plagas en el Quindío de hace un siglo

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Por: Roberto Restrepo Ramírez

Hace un siglo el país libraba batallas contra la gripa española, especialmente en Bogotá y Boyacá, entre 1918 y 1920. A pesar de ello, muchas muertes dejó a su paso esa epidemia que, a falta de cifras o datos registrados, es probable que se haya presentado también en la región del Quindío.

Algo para tener en cuenta, como experiencia a futuro, es el registro de mortalidad que se presentó durante ese lapso. Llama la atención, en lo que refiere a ese evento y a otros del siglo xx, lo siguiente: “… ocurrieron pandemias de gripa en los años 1918, 1957 y 1968. El grupo de edad más afectado en la pandemia de 1918, fue el de hombres y mujeres entre los veinte y los cuarenta años”. Artículo “La pandemia de gripe de 1918-1919 en Bogotá y Boyacá, 91 años después”. Grupo de investigación Salud pública, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, 2009.

Hoy ocurre lo opuesto, pues se considera que el coronavirus afecta a la población mayor de 60 años, rango en el que se dan los mayores índices de mortalidad.

Pero hace un siglo, otros azotes preocupaban a las poblaciones del Quindío. El más grave era el desastre producido por la plaga de langostas. Las invasiones de estos insectos se dieron en 1906, 1909, 1916, 1918-1920, 1926 y 1928. Se registra también una en 1936, de la cual solo se vio la nube al pasar, sin asentarse en los cultivos. La mejor descripción del ataque de estos ortópteros quedó consignada con el título “Plaga de langosta”. Uno de los testimonios anota lo siguiente, con relación al ataque de estos insectos entre los años 1912 y 1913 en Filandia y Quimbaya: “Tanta escasez de alimentos hubo en algunas partes, que se llegó al extremo de “echar cogollo de mafafa a los frijoles por falta de revuelto, quedando de un sabor muy amargo, pues no se conseguía un plátano”. Libro “Fundación de Quimbaya”. Jesús Alberto Villegas, 1984.

La presencia destructora de esta plaga obligó a tomar medidas desde el Concejo Municipal de Filandia, como lo anota el documento oficial del 28 de abril de 1912, “con el fin de construir la Junta de Extinción de la langosta”, dando cumplimiento a la Ley 19 del 17 de octubre de 1911, que en uno de sus artículos establecía multas de 2 a 20 pesos para la negligencia en su exterminio.

En 1918, de acuerdo con una monografía publicada en la Imprenta Nacional de 1921, su autor, Rufino Gutiérrez, cuenta cómo apreció la medida contra la lepra en su visita a Armenia en el mes de febrero, día en el cual se celebraban las elecciones presidenciales. Esto relata describiendo a la hoy capital del Quindío: “El clima es bueno, sin embargo, está muy azotado el municipio por la lepra y como de Bogotá no proveen de fondos para enviar los enfermos a los lazaretos, ni hay aquí partida votada para ello, se conviene con los atacados por el mal en que ellos se presenten voluntariamente”.

Los enfermos de lepra eran despreciados y aislados, remitiendo los del Quindío al leprocomio de Agua de Dios, Cundinamarca. En 1920 se decretaron, desde los Cabildos municipales, las mayores disposiciones de salubridad, debido a la alarma profunda que había dejado en el imaginario colectivo la nefasta y mortífera consecuencia de la gripa española.

Tres medidas llaman la atención. El acuerdo 15 de febrero de 1920 en Circasia “por el cual se dictan algunas medidas sobre higiene y urbanización” y que en el primer considerando dice: “…en la actualidad, la población se encuentra en un estado de abandono y desaseo lamentable”.

El acuerdo 18 de 1920, del Concejo de Armenia, “por el cual se dispone la destrucción de los gallinazos en el territorio de este Distrito”, es el más curioso. Su primer considerando reza: “Que, por insinuación del Director Departamental de Higiene, a los Consejos del Departamento, sobre la conveniencia de extirpar los gallinazos, por ser estos animales, altamente perniciosos como propagadores de enfermedades contagiosas y renguera”.

En Calarcá, mientras tanto, otros insectos destruían los cultivos. Se trataba de colonias abundantes de hormigas. Un documento de la época anota lo siguiente: “La agricultura es, sin duda, hoy una de las fuentes principales de riqueza en nuestra Patria”. Por tal razón los concejales, preocupados por la presencia de hormigueros, los consideraron “enemigos terribles” de los agricultores. Se expidió entonces el Acuerdo 61 del 12 de febrero de 1920, en el cual se ordenaba su destrucción y donde se advertía lo siguiente: “…Todos aquellos que no cumplan la obligación impuesta en el artículo anterior pagarán una multa de cinco pesos oro que se hará efectiva a favor del tesoro municipal sin perjuicio de cumplir lo ordenado en este Acuerdo…”. Libro “Consejo de Calarcá 100 años, 1905-2005”, compilado por Jairo Olaya Rodríguez.

Otros acuerdos y medidas de años posteriores son igualmente singulares, desde el Consejo de Armenia. La disposición emanada del Cabildo en 1927, sobre los animales domésticos, es especial. “Toda persona que tenga perro pagará por la tenencia de él así: “Por inscripción de cada uno pagará un peso, por los que estén en la calle, un peso”. Su parágrafo anota: “…los perros que se mantengan amarrados en las casas de sus dueños quedan exentos de pagar impuesto”. Libro “Armenia y su Consejo, cien años de vida administrativa, 1903-2003” compilado por Jorge Humberto Torres Hernández.

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