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Colombia  |  04 julio de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Subsidio a nóminas debe incluir empresas y ciudadanos que no están obligados a tener registro mercantil dice Procuraduría

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El subsidio a las nóminas creado por el Gobierno nacional, mediante el Decreto 639 de 2020, durante la Emergencia Económica, Social y Ecológica por la covid-19, debe beneficiar también a aquellas empresas y ciudadanos que no están obligados a inscribirse en el registro mercantil para desarrollar actividades productivas o profesionales conceptuó la Procuraduría General de la Nación.

El concepto enviado a la Corte Constitucional por el Ministerio Público indicó que el decreto legislativo que creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal –PAEF-, que subsidia hasta el 40% de un salario mínimo legal mensual vigente de los trabajadores de aquellas empresas que hayan visto reducidos sus ingresos en un 20% o más, vulnera el principio de igualdad establecido en la Carta Política, porque permite el acceso a los beneficios del programa únicamente a las compañías que cuentan con Registro Mercantil.

Para el órgano de control, la norma debe incluir a quienes, a pesar de no estar obligados a inscribirse, sí tienen la capacidad de contratar trabajadores y cumplir las obligaciones laborales mínimas exigidas por la ley y se han visto igualmente afectados por los hechos que originaron el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

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