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Columnistas  |  13 agosto de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Aldemar Giraldo

ENTONCES, ¿CUÁNDO PUEDO SALIR?

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Aldemar Giraldo

Aldemar Giraldo hoyos

Según la OMS, las personas de 60 a 74 años son consideradas de edad avanzada; de 75 a 90, viejas o ancianas, y las que sobrepasan los 90 se les denomina grandes viejos o grandes longevos. A todo individuo mayor de 60 años se le llamará, de forma indistinta, persona de la tercera edad. La expresión cuarta edad hace referencia a la última fase de la vida de las personas, que se considera a partir de los 80 años de edad.

Según Duque, uno es viejo o abuelito a los 70 y tiene que quedarse en casa hasta el día en que él y su equipo de técnicos y epidemiólogos lo decidan; dizque para protegernos del coronavirus o para tener disponibilidad de camas, en cuidados intensivos, para los grupos etarios productivos. Así las cosas, para la Organización Mundial de la Salud soy de edad avanzada, pero para el presidente soy un abuelito viejo; estoy en un dilema impresionante: no sé si soy viejo, abuelo, anciano, longevo o de la tercera edad.

Como vivo sólo, soy huérfano de padre (murió en 1978) y mi madre es discapacitada, habitante del sector rural en otro municipio, he tenido que volverme creativo ante las normas durante la cuarentena para poder salir a hacer mis vueltas: uso de tapabocas de talla grande con pechera, gafas oscuras, cabello pintado y sombrero alón; camino cerca a alguien menor que yo y, en caso de emergencia, digo que es un familiar que me acompaña. Durante tres semanas saqué una mascota de un vecino a hacer popó con la mala suerte de que el dueño la “cambió” por una colección de tapabocas de colores.

Confieso que siento rabia al saber que los perros, los gatos y los cerditos de moda tienen más derechos que los viejos de Colombia; pueden salir acompañados, dos veces al día y nadie los jode por eso del pico y cédula, hacen chichí y popó en cualquier parte y no les miden el tiempo; tampoco les exigen tapabocas ni antivirales. Tengo un problema grave: se me cayó el tinte del cabello y se me robaron las gafas y el sombrero; cada ocho días cambian los “peajes” y los horarios, lo que me hace sentir inseguro en la calle. A veces pienso que soy joven y me tiro al ruedo para poder comprar bobadas o asistir a las terapias propias de la edad.

Veo que hoy, la autoridad reposa en el cuerpo de unos señores de uniforme azul, ataviados de una pistola métrica y un frasco de gel o, en su defecto, alcohol; ellos dicen quién puede entrar a comprar, a retirar dinero, a orinar o hacer trámites. Miran la cédula por todas partes (por delante y por detrás), apuntan el número del celular, enjuagan las manos y las patas con antibacteriano, señalan las distancias y los caminos y, en caso de no corresponder la última cifra de la lotería, lo mandan a uno para la mierda. Así las cosas, nadie presta el orinal, aunque el necesitado sea prostático, contrariándose así el Código de Policía vigente.

Cansados del encierro y la discriminación, un grupo de cuchos interpuso una acción de tutela en contra del Gobierno Nacional, por la presunta violación de sus derechos constitucionales a la igualdad, la libertad de locomoción y libre desarrollo de la personalidad al expedir los decretos 749 y 847, que ordenaron el aislamiento preventivo obligatorio para mitigar el impacto del coronavirus. Si bien reconocieron que empíricamente se ha probado que los mayores de 70 años son más propensos a sufrir complicaciones de salud por el virus, el hecho de que el Estado limite su libertad de locomoción de forma más estricta configura una conducta discriminatoria frente a los adultos mayores, razón por la cual el objetivo perseguido con la medida no es válido y, por ende, inconstitucional.

Afortunadamente, el Juzgado 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá tuteló los derechos fundamentales a la igualdad, libre desarrollo de la personalidad y libertad de locomoción de los accionantes y adultos mayores de 70 años residentes y domiciliados en Colombia; sin embargo, inmediatamente se conoció el fallo, el subpresidente anunció la impugnación, la cual fue presentada por la Presidencia de la República, los ministerios del Interior y de Salud y la Procuraduría General. Después del análisis pertinente, el Tribunal le dio la razón a los tutelantes y ordenó proteger los derechos tutelados por los “abuelitos”.

Se les olvida a Duque y a su equipo técnico que la cuarentena puede tener efectos negativos en la salud de los adultos mayores, como pérdida de masa muscular más rápidamente, consecuencias en la salud mental, como depresión, estrés postraumático, aumento de las alteraciones conductuales, aumento del deterioro cognitivo, etc. Sería muy largo el sermón, pero las consecuencias del encierro son peores que las que ocasiona la enfermedad que se quiere prevenir.

Quedo a la espera del Acto Administrativo para volverme a pintar el cabello, como decía mi abuela: “A canas honradas no hay puertas cerradas”.

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