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Región  |  25 septiembre de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Crónica de una falsedad en la gobernación de Amparo Arbeláez: fallo del Consejo de Estado

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Por Álvaro Mejía Mejía

Cuando Amparo Arbeláez Escalante ejerció como gobernadora del Quindío (2004-2007) designó como directora del departamento jurídico y de contratación a la abogada Liliana Patricia García Forero. Por otra parte, sin que hubiesen tenido nada que ver los políticos del departamento, el procurador Edgardo Maya Villazón nombró Procuradora Regional a la jurista Luz Stella García Forero, hermana de la mencionada funcionaria de la entidad territorial. Esa circunstancia le hizo creer a la entonces gobernadora Arbeláez Escalante, que tendría una situación favorable frente al organismo de control. Nada más equivocado. La nueva procuradora, conocida por su valor y rectitud, se convirtió, de a poco, en la pesadilla de la gobernadora, quien llegó a considerarla su principal enemiga.

Gracias a la gestión de la procuradora regional se iniciaron muchas investigaciones por actuaciones de la administración departamental, lo que llevó a un distanciamiento entre las hermanas García Forero. Así mismo, la gobernadora tomó distancia de su directora Jurídica, hasta el punto de que no le pasaba para su estudio y aprobación muchas actuaciones, que eran de competencia del departamento jurídico y de contratación.

El contrato del teleférico y una firma falsa

Los quindianos recordarán el famoso contrato para la construcción de un teleférico en el municipio de Buenavista. Esta obra no solo resultó ser un “elefante blanco”, sino que en la celebración del contrato se cometieron ilegalidades con implicaciones penales. Para seleccionar al contratista, la gobernación tenía que adelantar una licitación pública, pero obviando el Estatuto de Contratación Estatal, Arbeláez Escalante adjudicó el contrato a dedo, bajo el argumento, equivocado, de que se trataba de actividades científicas y tecnológicas, situación que llevó a la procuradora a denunciar semejante irregularidad.

La Procuraduría General de la Nación inició la correspondiente investigación en contra de Arbeláez Escalante y, sorprendentemente, de la directora jurídica y de contratación, hermana de la Procuradora Regional, toda vez que en el documento contractual aparecía su firma aprobando semejante exabrupto. En la investigación, Liliana Patricia García alegó que ese contrato jamás había pasado por sus manos, y que la firma que aparecía como de su autoría era falsa.

El organismo de control en Bogotá, violándole todos los derechos a la investigada, le negó el decreto y practica de la prueba científica de grafología y grafotecnia, que era la pertinente y conducente para determinar si su firma era o no falsa. Finalmente, la Procuraduría destituyó a la exgobernadora, quien perdió su curul de senadora, cargo que ocupaba al momento de proferirse la decisión, y la inhabilitó para ejercer cargos públicos por 12 años. Así mismo, destituyó e inhabilitó para ejercer cargos públicos por 14 años a Liliana Patricia García, es decir, por un tiempo mayor al que le impusieron a Arbeláez Escalante, porque, supuestamente, la directora jurídica había inducido a la gobernadora a cometer la falta gravísima.

Restablecimiento del Derecho

La abogada Liliana Patricia García Forero inconforme con la decisión, porque ella nunca había participado en semejante ilegalidad y, además, porque, perversamente, se le había falsificado su firma, demandó la nulidad de los actos sancionatorios y el restablecimiento de sus derechos ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

La Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del consejero William Hernández Gómez acaba de proferir sentencia en este caso, después de largos años, en donde ordena la nulidad parcial del acto sancionatorio, en lo que tiene que ver con la demandada, toda vez que se probó mediante prueba científica, que la firma de Liliana Patricia García Forero había sido falsificada, y que ésta no había participado en la adjudicación a dedo del contrato de obra para la construcción fallida del teleférico de Buenavista, donde se perdieron casi $2.000 millones de pesos.

En la sentencia se ordena una forma de restablecimiento novedosa, que consiste en una indemnización por la falta de oportunidad que tuvo la demandada para ocupar cargos públicos y participar en concursos, y además que se le indemnicen los perjuicios morales ocasionados.

sorprendente es que no haya personas encarceladas por este caso, que se suma a uno más de los tantos hechos de corrupción, que han ocurrido en el departamento del Quindío.

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