• MIÉRCOLES,  24 ABRIL DE 2024

Medio Ambiente  |  19 noviembre de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Tribunal Superior declara el Valle de Cocora como sujeto de derechos

0 Comentarios

Imagen noticia

En un fallo histórico, la Sala de Decisión Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de Armenia declaró el Valle de Cocora como sujeto de derechos, lo que implica la protección ambiental de este mítico parque natural de Salento, en el departamento del Quindío. La decisión la tomó el Tribunal con ponencia de la magistrada Adriana del Pilar Rodríguez Rodríguez, tras resolver acción de tutela interpuesta por el ciudadano Jaime Hernán Arias García, en calidad de habitante y concejal del Municipio de Salento, quien hizo la petición en tal sentido.

En el mismo proveído, el Tribunal ordena a Alcaldía de Salento, Gobernación del Quindío, Corporación Autónoma Regional del Quindío, a Parques Nacionales, al Sistema Nacional Ambiental, Procuraduría Ambiental de Armenia y Cámara de Comercio de Armenia para que en un plazo no mayor de 15 días pongan en funcionamiento la mesa de trabajo para reactivar y actualizar un estudio técnico sobre la capacidad de carga ambiental del Valle del Cocora, su implementación y ejecución. Las actuaciones sobre el particular deberán ser presididas y convocadas conjuntamente por el Gobernador del Quindío en coordinación con el Alcalde de Salento, Quindío.

¿Qué fue lo que pidió el concejal Arias García? a) Que se declare al Valle del Cocora como sujeto de derechos; b) Que las entidades accionadas desarrollen de manera coordinada un plan especial de prevención y protección, que tenga como horizonte establecer la capacidad de carga de la reserva natural y así poder implementar un modelo de turismo sostenible a fin de garantizar la protección del ecosistema natural, en especial la preservación del árbol nacional –palma de cera del Quindío y de las reservas hídricas, proceso en el que deberán vincular a la población nativa del valle del Cocora; c) Ordenar al gobierno central autorizar a la Alcaldía municipal de Salento – Quindío, la implementación del aforo frente a la masiva de visitantes en pro de evitar un incremento exponencial de los contagios por la Pandemia del Covid 19 en los habitantes del municipio del Covid-19; d) Conformar mesas interinstitucionales que trabajen mancomunadamente en acción, prevención y vigilancia del sector turístico frente a la implementación de las medidas de bioseguridad y, e) Ordenar a la Alcaldía de Salento - Quindío, adoptar políticas en procura de la conservación de las reservas hídricas que subyacen en el Valle del Cocora.

Igualmente, el promotor de la tutela solicitó la protección de sus garantías fundamentales a la salud, mínimo vital, dignidad en conexidad con el de goce de un ambiente sano y la protección de las riquezas culturales y ambientales, que estimó vulnerados por la omisión de las entidades accionadas al no haber “implementado un modelo de turismo sostenible en el municipio de Salento, específicamente en el casco urbano, vereda Boquía y Valle de Cocora que está generando un incremento exponencial de contagios por COVID-19”(sic) .

La declaratoria del Valle de Cocora como sujeto de derecho en decisión del Tribunal Superior de Armenia es de primera instancia.

PUBLICIDAD

Comenta esta noticia

©2024 elquindiano.com todos los derechos reservados
Diseño y Desarrollo: logo Rhiss.net