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Colombia  |  16 enero de 2021  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Este 23 de enero entra en vigencia la nueva norma de uso de cascos para motociclistas

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Por estos días han venido circulando informaciones sobre una nueva resolución que decreta algunas normas para el uso del casco de moto. Entre ellas, algunas que no tienen veracidad como que el casco abierto va a salir de circulación, que el abatible también, que no se pueden usar intercomunicadores, entre otras.

EL QUINDIANO buscó a expertos de la empresa Inducascos para que explicaran la Resolución 20203040023385 del Ministerio de Tránsito y Transporte, expedida el 21 de noviembre de 2020 y cómo reglamenta el uso del casco. Presentamos sus respuestas:

¿Qué decreta esta resolución?

Decreta el uso correcto del casco de motos, cuatrimotos, mototaxis; y cuáles son las condiciones en las que deben estar dichos elementos de protección.

¿Desde cuándo rige?

A partir del 23 de enero de 2021.

¿Qué es tener el casco en perfecto estado?

Tener el casco en perfecto estado es que las correas (ya sean micrométricas o Doble D) estén completas, sin quiebres y que se abrochen de manera correcta debajo de la mandíbula. Adicional, recuerda nuestras recomendaciones sobre el estado de los tapizados, sin rotos ni mucho desgaste, además que la coraza no evidencie averías.

¿Es verdad que los cascos abiertos no se pueden usar más?

¡Falso! Los cascos abiertos están permitidos con esta nueva resolución. La norma aclara que deben estar completamente abrochados por debajo de la mandíbula. Ten presente que lo ideal es que estos cascos sean usados para la ciudad y a una velocidad máxima de 60 km/h.

¿Los cascos abatibles seguirán permitidos?

Sí, los cascos abatibles continuarán con autorización. Lo clave es que, cuando la moto esté en movimiento, se encuentren completamente cerrados. Los podrás abrir si estás detenido y en un lugar que no implique riesgo vial, como las afueras de una tienda en la que paraste a tomar algo. La misma situación aplica para los cascos modulares.

¿También se van a prohibir los aparatos de comunicación?

Las autoridades serán más severas con las multas a quienes acostumbran a tener el celular (o cualquier otro tipo de elemento) entre la cabeza y el casco cuando conducen. Es importante que entiendas que esta medida es solo para casos como el anterior, los cuales no funcionan con la modalidad de manos libres. Eso sí, serán ideales elementos de comunicaciones como intercomunicadores

¿A qué me expongo si incumplo con estas normas?

Recibirás una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Pero, más allá de lo económico, lo que propende esta nueva norma es que estés menos expuesto a traumas o muerte por los accidentes en motocicleta.

¿Esto es solo para el conductor de la moto?

¡No! La normativa será para el conductor y para el pasajero. Ambos deben cumplir con estas medidas tal cual se estipula.

¿En qué se basó el Gobierno para decretar estas nuevas medidas?

La Agencia Nacional de Seguridad Vial determinó que en 2019 fallecieron 6.289 personas por accidente de tránsito, de los cuales 3.666 registros fueron de motociclistas (53.71%). De esas 3.666 muertes, el 32% obedecen a traumas craneoencefálicos en los que se evidenció un uso inadecuado del caso.

¿Dónde puedo conocer más sobre la resolución?

El Gobierno Nacional dispone de un apartado en su página web en la que explica, de manera clara y concisa, los puntos clave de esta nueva resolución: https://www.gov.co/noticias/detalle/191

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