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Región  |  21 diciembre de 2017  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Límites entre Quindío y Risaralda, un asunto sin definir

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Tomando como base el trabajo investigativo del agrólogo Armando Rodríguez, denominado: "Límites pendientes: Dudoso deslinde entre Quindío y Risaralda", el abogado Federico Mejía Álvarez, demandó de varias autoridades darle claridad al tema, dentro de la seguridad jurídica que legal y constitucionalmente deben tener los departamentos y municipios, con relación a sus límites territoriales.

Utilizando la figura de Derecho de Petición, Mejía les solicita a los alcaldes de Salento y Pereira, los gobernadores y las asambleas departamentales del Quindío y Risaralda, a los tribunales administrativos de los dos departamentos y al Consejo de Estado, aportar jurisprudencia referente a este asunto, pues en su consideración, puede haber similitud al reciente caso del municipio de Belén de Bajira, entre Chocó y Antioquia, o el ya resuelto entre los municipios de Yaguará y Tesalia, en el departamento del Huila.

El asunto se refiere a que los límites entre Pereira y Salento, de acuerdo con la investigación de Rodríguez, no son claros, en aparente favorecimiento del primero y en detrimento del segundo. Esos límites están definidos por un acuerdo de voluntades en la denominada Acta de Deslinde, firmada en 1979 y que a juicio de Rodríguez, no cumplió con los preceptos legales y constitucionales. Por tanto, el abogado Mejía pretende con su petición, empezar un trámite jurídico para que el asunto se defina. Según se pudo constar, una importante área de la llamada Reserva del Otún, en los límites entre Pereira y Salento, que ahora hace parte de Pereira, pertenece legalmente a Salento.

Rodríguez dice que el documento base del deslinde, firmado por personero y alcalde de Salento, mostrado en el Acto de Deslinde de 1979, carece de todo fundamento y valor legal.

“En consecuencia, la irresponsable y ligera actuación de estos dos funcionarios, jamás podrá comprometer la integridad del territorio de Salento y mucho menos la del departamento del Quindío. Salta a la vista entonces que la información utilizada para el deslinde por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y los signatarios del Acta no acreditaba textos legales históricos y cartografía que definiera los límites en cuestión, como era obligación de las partes presentar, así las autoridades de Salento, por voluntad propia pero sin fundamentos legales, hayan osado afirmar que el límite departamental era el divorcio de aguas entre los ríos Otún y Quindío a partir de la cordillera Central hasta encontrar el nacimiento del río Barbas en el cerro Morro Azul, aseveración esta que no hace parte del oficio Nº 0138 del 4 de mayo de 1959 del alcalde Vicente Gaviria López, tomado como referencia. Esta posición de las autoridades de Salento, no puede menos que generar dudas sobre la validez del deslinde…”, sostiene el trabajo de investigación de Rodríguez, miembro de la Academia de Historia del Quindío.

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