• MARTES,  23 ABRIL DE 2024

Colombia  |  04 enero de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Nuevo marco regulatorio de acueducto y alcantarillado beneficiará a miles de colombianos

0 Comentarios

Imagen noticia

Foto / Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Camilo Sánchez Ortega 

Los usuarios de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado de 906 municipios del país, se verán beneficiados de ahora en adelante gracias a la expedición de la resolución CRA 825 del 28 de diciembre de 2017, mediante la cual se establece una nueva metodología para el cálculo de las tarifas y estándares y metas para los prestadores de dichos servicios.

La nueva medida regula los servicios de acueducto y alcantarillado para prestadores pequeños que atienden menos de 5 mil usuarios en la zona rural y urbana del país. En el primer semestre se avanzará en la socialización de este marco a nivel de usuarios y prestadores, para iniciar su aplicación a partir del 1 de julio de 2018.

“Esto es una muy buena noticia ya que el Ministerio de Vivienda y Agua está creando normas y regulando para que las personas tengan un servicio con mayor cobertura, continuidad y calidad que entienda las particularidades del sector rural y de los municipios pequeños y  que, a su vez garanticen  la sostenibilidad de los prestadores con señales claras que deben volverse más eficientes. De igual forma se están generando acciones para la medición real del consumo que penalicen a los derrochadores del preciado líquido y beneficien a quienes hagan un uso racional”, dijo el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Camilo Sánchez Ortega.

La nueva metodología permite el cálculo de las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, asociadas al cumplimiento de dos metas principales, que deben ser alcanzadas en el quinto año después del inicio de su aplicación. La primera es lograr que al 100% de los usuarios se les pueda cobrar lo efectivamente consumido a través de una facturación real de los servicios y no como se hace en algunos casos que proviene de un cálculo por promedio o estimación.

La otra meta corresponde a que se puedan garantizar las condiciones para una mayor continuidad en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado minimizando los días en que el usuario se quede sin acceso al agua.

Estas medidas se suman a otras que este Gobierno ha expedido, como la Política de Suministro de Agua Potable y Saneamiento Básico Rural aprobada mediante documento Conpes 3810, los ajustes normativos iniciados con el del Decreto 1898 de 2016 y la puesta en operación del Sistema de Información de Agua y Saneamiento Básico Rural – SIASAR; instrumentos que tienen como propósito  garantizar la sostenibilidad de las soluciones implementadas para mejorar las condiciones de las comunidades con mayores rezagos en el acceso a estos servicios.

 

 

PUBLICIDAD

Comenta esta noticia

©2024 elquindiano.com todos los derechos reservados
Diseño y Desarrollo: logo Rhiss.net