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Región  |  29 noviembre de 2021  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Estas son las nuevas modificaciones sobre el parrillero en motocicleta en La Tebaida

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Desde la alcaldía de la Tebaida por medio de la Secretaría de Tránsito y Transporte se dio a conocer el decreto 130 del 16 de noviembre, que modifica el decreto 114 del 2021 donde se hace referencia a la prohibición del parrillero de moto mayor de 16 años.

El decreto 130 modifica el artículo tercero del decreto 114, en lo que tiene que ver con las excepciones de las medidas establecidas a los vehículos tipo motocicleta y similares, anexando las siguientes anotaciones:

“El parrillero o acompañante que integre el núcleo familiar del conductor de la moto, el interesado en demostrar la calidad de miembro del núcleo familiar serán acreditados por la Secretaría de Tránsito y Transporte de La Tebaida, para lo cual deberán aportar ante la Secretaria de Transito los siguientes documentos: Solicitud del propietario tenedor o poseedor de la motocicleta; fotocopia de los documentos de identificación de los integrantes del núcleo familiar, documentos del vehículo tales como licencia de tránsito, certificado de revisión técnico mecánica, seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT”.

Asimismo agrega:

“Los motociclistas con parrillero o acompañante quienes en razón de su profesión u oficio deben utilizar la motocicleta los días establecidos en el presente Decreto, siempre y cuando porten los diferentes uniformes, carné o certificación de la empresa para la cual labora.”

Es de resaltar que esta diligencia la deben realizar única y exclusivamente en las oficinas de la Secretaría de Tránsito de la Tebaida de lunes a jueves en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. y los viernes de 8:00 a.m. a las 12:00 h y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Este nuevo decreto se socializará de forma presencial y a través de los canales informativos de la alcaldía Municipal hasta el 31 de diciembre del presente año, tiempo durante el que los agentes de tránsito no podrán hacer comparendos a los conductores que transiten con parrillero o acompañante en los horarios y en las zonas determinadas.

Una vez culminado el término de socialización los agentes de tránsito podrán imponer órdenes de comparendos educativos durante un período de tiempo de 10 días, que irán entre el 1 de enero del 2022 hasta el 10 de enero del 2022. Posteriormente el rompimiento de la norma dará lugar a la multa.

Para saber más sobre el decreto 130 ingrese al siguiente link:
http://www.latebaida-quindio.gov.co/normatividad/decreto-130-de-2021

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