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Región  |  26 febrero de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Alianza de Smurfit Kappa y alcaldes sobre cambio de impuestos por obras es un “lavado de imagen. La estupidez de nuestro gobernantes no tiene límites”: Fundación Cosmos

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El director de la Fundación Cosmos Néstor Ocampo se pronunció acerca de la propuesta de Ricardo Gómez Londoño, jefe de proceso social de la división forestal quien dijo “que en el Quindío la empresa Smurfit Kappa tendrá la gran oportunidad de trabajar en bien de los habitantes de los municipios de Pijao y Salento donde se cambiará impuestos por obras para lo cual serán los mejores aliados de los alcaldes haciendo uso de las Zoma”.

Manifestó Ocampo que: “Es la indignidad que nos faltaba frente a las multinacionales que saquean nuestros territorios, que les entreguemos recursos del Estado para que ellos hagan ‘lavado de imagen’ apareciendo como benefactores de las comunidades a las que están expoliando. La estupidez de nuestros gobernantes no tiene límite."‬‬‬

Es de recordar que hace menos de una semana, en nota publicada por El Quindiano, Gómez Londoño afirmó “que mantendrán permanente contacto con las autoridades de estos municipios en donde les han informado a los alcaldes que hacen parte de dicha iniciativa que a través la Fundación Smurfit Kappa se pueden elaborar los proyectos para inscribir ante el banco de Planeación Nacional y su posterior traslado a la Agencia de Renovación del Territorio.

Asimismo, en la ocasión anunció Gómez Londoño que la “entidad está en capacidad de invertir hasta el 40 % de sus impuestos en las obras que los alcaldes y las comunidades de Pijao y Salento propongan: infraestructura vial, salud, educación, alcantarillado y saneamiento básico, convirtiéndose en la posibilidad de trabajar alcaldías y empresarios de la mano.”

Finalmente dijo que: “En el Quindío Smurfit Kappa está desde 1986 cuando fue adquirida la Compañía Nacional de Reforestación del Grupo Bavaria, contaban con unas 3mil 400 hectáreas entre plantaciones comerciales y bosques naturales y hoy en día, están llegando a 7 mil 200 hectáreas entre plantaciones y bosques naturales con más del 40 % en protección. La empresa opera en Pijao, Calarcá, Salento y Filandia en donde el trabajo de responsabilidad social es permanente a través de la Fundación Smurfit kappa con actividades de generación de ingresos, protección del agua y de todas las especies nativas y en primera infancia”.

El director de la Fundación Cosmos, Néstor Ocampo el 6 de enero de 2018, publicó una amplia investigación acerca de los daños ambientales causados durante 30 años por parte de la empresa Reforestadora Andina S.A. -Smurfit Kappa Group, trabajo que El Quindiano reproduce por su vital importancia para la defensa del suelo de la región.

 

Reforestadora Andina -Smurfit Kappa Group- 30 años haciendo daño al Quindío

Néstor Ocampo

La empresa Reforestadora Andina S.A. -Smurfit Kappa Group- cumplió treinta años de creada y de estar presente en el Departamento del Quindío. Tres décadas causando daños ambientales en nuestro territorio, desplazando a centenares de campesinos, destruyendo la diversidad biológica, deteriorando suelos, generando cambios negativos en el paisaje, agotando y contaminando fuentes de agua. Lo ha hecho con la complicidad inocultable de la Corporación Autónoma Regional del Quindío -C.R.Q.-, de algunas autoridades gubernamentales y gracias, en parte, a la inoperancia y el silencio de los entes de control del Estado.

La primera alerta de lo que empezaba a suceder la dio el concejo de Salento -30 de agosto de 1981- cuando envió un telegrama urgente al presidente de la república, Julio César Turbay Ayala, con el siguiente mensaje: “Atentamente solicitamos su intervención ante entidades como Corporación del Quindío, Bavaria y Cartón Colombia que amparadas en créditos conceden organismos bancarios para reforestación hoyas hidrográficas han cambiado destinación esos dineros fin comprar menos precio fondos agrícolas desplazando población trabajadora coma desapareciendo cultivos de papa verduras leche y carne ya que compradores dedicados a siembra pinos otras especies explotación comercial punto como consecuencia tal actividad ha aumentado situación desempleo emigración global población rural y toda clase de delitos económicos abigeos atracos hurtos etc. punto…” (sic)

Otro telegrama, en términos similares, envió el concejo al ministro de Gobierno, Jorge Mario Eastman.

Pero parece que no hubo respuesta porque un año y cinco meses después -enero 11 de 1983- el nuevo concejo de Salento decidió, por unanimidad, enviar una carta, al nuevo presidente de la República, Belisario Betancur Cuartas, describiendo algunos aspectos de la actividad agropecuaria del municipio y manifestándole al final lo siguiente: “Actualmente el Municipio solo exporta la mitad de la producción agrícola y ganadera detallada anteriormente; consecuencia de la reforestación industrial que desde hace tres años han venido desarrollando las entidades Cartón de Colombia, Bavaria, etc.; completa el problema para los habitantes de Salento, y el Quindío en general, el surgimiento de diversas clases de delitos debido al desempleo de las gentes campesinas.”. Actuaba como presidente del concejo el Sr. Raúl Solorza C.

Se puede ver cómo la C.R.Q. y la empresa Cartón de Colombia -ahora Smurfit Kappa Cartón de Colombia- han tenido, desde un principio, cercanía e intereses comunes e inocultables en este asunto.

En 1987 la Compañía Nacional de Reforestación -Bavaria S.A.- vendió sus “proyectos forestales” a Cartón de Colombia S.A. y así nació la “Reforestadora Andina”. Empresa que pretende engañar a la gente hasta con el nombre que adopta puesto que no se trata de una “reforestadora” sino de una empresa forestal, cosa muy distinta, y tampoco es una empresa “andina”, pues en realidad se trata de una multinacional conformada con capitales provenientes de Irlanda, Estados unidos y Holanda.

En defensa del Quindío y de nuestro patrimonio natural se han intentado muchas acciones ciudadanas e institucionales tratando de controlar la actividad de la empresa y sus monocultivos comerciales de pinos y eucaliptos que proliferan como un cáncer por nuestras montañas. Pero parece que ha sido en vano. Veamos algunos casos.

En 1992 la Asamblea Departamental expidió la Ordenanza No 015 “prohibiendo el cultivo de coníferas en las áreas de reserva natural de la cuenca del río Quindío, conforme al código de Recursos Naturales.” La empresa Smurfit Cartón de Colombia respondió contratando los servicios del abogado constitucionalista más prestigioso y caro del país en ese entonces, Luis Carlos Sáchica Aponte, para demandar la ordenanza.

Un año después la Asamblea aprobó una nueva ordenanza, la No. 022, ordenando que dentro del Plan de Desarrollo Ambiental del departamento se dispusiera “la reforestación con vegetación nativa protectora en las Cuencas Hidrográficas de los ríos y quebradas que surtan acueductos Municipales o Veredales del Departamento del Quindío” y la prohibición de establecer “monocultivos comerciales en las zonas de reserva natural” en esas mismas cuencas.

En agosto de 1993 la Fundación Ecológica Cosmos de Calarcá denunció las quemas ilegales que realizaba la Reforestadora Andina en la vereda “Palmera Alta” del municipio de Salento, en pleno agosto con vientos, sequía y en suelos muy pendientes; quemas que incendiaron bosques nativos adyacentes. Simultáneamente se denunció la destrucción de vegetación nativa para establecer cultivos de pinos, algo expresamente prohibido.

Las primeras reacciones fueron por parte del Concejo y la Alcaldía de Salento que protestaron airadamente por las denuncias contra la Reforestadora Andina, afirmando que “el cultivo de bosque industrial no es más perjudicial que cualquier otro cultivo artificial” y que la empresa “es más lo que ha favorecido que lo que ha perjudicado”. La alcaldesa era Martha Lucía Bedoya y por el Concejo firmaban Gabriel Acevedo Mogollón, Romelia Velásquez Patiño, Ángel María Castaño Rincón, Rafael Antonio González, Humberto Arango Botero y Gustavo Herrera Correa.

Luego respondió la C.R.Q., mediante la Resolución 2487 del 22 de octubre de 1993, y decidió “exonerar de responsabilidad a la Compañía Reforestadora Andina S.A. del conato de incendio presentado” y le impuso “la obligación de sembrar una hilera de árboles con la especie Acacia Negra, bordeando los bosques naturales para su alinderamiento y que se conservará permanentemente.” Lo mismo que hizo desde años atrás ante las reiteradas denuncias de la ciudadanía por hechos similares.

Finalmente reaccionó la empresa -noviembre de 1993- con una demanda penal contra el Director de la Fundación Ecológica Cosmos, “por injuria y calumnia”, debido a la denuncia de las quemas ocurridas en agosto. El Sr. Roberto Silva Salamanca actuó como representante legal de Cartón de Colombia S.A.

Ese mismo mes se conoció una Carta Abierta de la Asociación de Egresados de Biología de la Universidad del Quindío –Aebuq- informando que “se derriban hectáreas de bosques nativos para plantar cultivos de pinus y eucaliptus; además, para cosechar la madera se abren caminos entre los bosques nativos y se instalan equipos, no dentro del mismo cultivo de pino, sino que se tala nuevamente bosque nativo aledaño al monocultivo”… …“Lo anterior deja en claro que el monocultivo implantado no se hace con fines de recuperar suelos erosionados, o para proteger áreas desprovistas de vegetación; por el contrario se devasta bosque nativo y se empobrece el suelo, tornándose hidrofóbico.” La carta iba acompañada de una lista de especies de flora y fauna que fueron afectadas o destruidas.

El 7 de diciembre de 1993 el Juzgado Segundo Penal Municipal de Calarcá resolvió: “inhibirse de abrir investigación penal” por atipicidad de la conducta denunciada.” La juez Martha Dolly Tirado Ramírez no encontró mérito a la denuncia de Cartón de Colombia contra el director de la Fundación Cosmos.

Pero esa decisión fue apelada por la empresa ante el Juzgado Primero Penal de Circuito de Calarcá. El fallo definitivo se conoció el 25 de enero de 1994 confirmando “en todas sus partes” lo dicho por la primera juez. De esa manera el director de la Fundación Cosmos quedó libre de la sindicación de Injuria y Calumnia. Pero en este fallo el juez, Holvey Martínez Velásquez, fue más lejos y afirmó que “lo denunciado por el director de la Fundación Cosmos en detrimento de la vegetación no solo es cierto y con sobrado fundamento, sino que reviste mayores proporciones nefastas.”

A mediados de 1994 volvió a ocurrir lo del año anterior: quemas en los predios de la empresa. Y ante la advertencia por parte de la Fundación Cosmos de que se demandaría a la C.R.Q. por su inoperancia en años anteriores esta entidad decidió, mediante Resolución 0360, “sancionar con multa a la Compañía Reforestadora Andina S. A., por valor de nueve -9- salarios mínimos mensuales legales vigentes por infracción forestal consistente en el mal manejo dado a las prácticas de quemas y residuos forestales producto de bosques plantados cosechados, y el incumplimiento de las recomendaciones técnicas y legales exigidas en el permiso de aprovechamiento”. Después de casi una década de oídos sordos ante las denuncias ciudadanas la C.R.Q. “descubrió” que eran ciertas. Y la multa fue ridícula -$ 822.000- si se tiene en cuenta que, para la época, uno solo de los muchos cedros que se quemaron valía mucho más que eso.

Luego se presentó el problema en la cuenca alta de la quebrada Cruz Gorda que surte de agua al acueducto de Salento. En agosto de 1996 la Fundación Herencia Verde, con el aval del Concejo Municipal de Salento, presentó a la CRQ una solicitud para que la Reforestadora Andina suspendiera cualquier actividad allí hasta cuando tuviera Licencia Ambiental. La preocupación era por la reciente adquisición del predio “Alegrías” por parte de la empresa forestal y la utilización de glifosato en el control de “malezas”. Llamó la atención en este caso la intervención del subdirector de Calidad Ambiental de la C.R.Q., Gustavo Jaramillo, quien afirmó que había estudios que demostraban que los cultivos de pinos no secan las fuentes hídricas y defendió el uso del glifosato calificándolo de “producto ideal para la preparación de sitios para siembra.”

En septiembre el concejo de Salento aprobó el Acuerdo No. 065 que declaró como zona de interés público la cuenca alta de la quebrada Cruz Gorda, en concordancia con lo ya dispuesto en ese mismo sentido por el artículo 111 de la Ley 99 de 1993.

En diciembre la Asamblea Departamental del Quindío expidió una nueva ordenanza sobre el tema, la No. 034, en la que establece: “Prohíbase el establecimiento de cultivos diferentes a las especies nativas en las zonas de reserva natural existentes o que en lo sucesivo se establezcan, en las cuencas y microcuencas hidrográficas de los ríos y quebradas que surten los acueductos de las veredas, corregimientos y Municipios del Departamento del Quindío.” Firmada por Julio Ernesto Ospina -Pres.- y Jorge Julio Echeverry -Sec. Gral.-. Ponente Javier Ocampo Cano.

El 18 de febrero de 1997 el Concejo de SALENTO aprobó el Acuerdo No. 078 por medio del cual declaró “de interés público todas las cuencas, microcuencas y afluentes de los cuales se capte agua para acueductos en el municipio.” Y estableció que “Toda persona natural o jurídica que pretenda desarrollar proyectos de reforestación, aprovechamiento forestal, agrícolas, pecuarias, silvicultura al igual que cualquier actividad comercial o industrial, que por su naturaleza requiera planes de manejo ambiental, deberá presentar, previo a los trámites ante la Corporación Autónoma Regional del Quindío, al consejo asesor y consultivo el Plan de Manejo para dichas actividades”. El Acuerdo aparece firmado por Luis Francisco Villamil Suarez (Pres.) María Victoria Hernández Álvarez -Sec.-.

El 12 de marzo 1997 el concejo municipal de Calarcá aprobó el Acuerdo No. 003 que prohibió “el establecimiento de cultivos comerciales de pinos y/o eucaliptos en las cuencas y microcuencas hidrográficas que surten de agua el Acueducto Municipal y acueductos de Corregimientos y Veredas, también en otras áreas cuyos suelos tengan vocación pecuaria o agrícola diferente de la forestal, en jurisdicción del Municipio de Calarcá.” Además ordenó que “en ningún caso y por ningún motivo se podrán sustituir coberturas vegetales nativas para establecer cultivos comerciales de pinos y/o eucaliptos”. Acuerdo firmado por Fabio Alberto Agudelo González -Pres.- Edgar Geney Arteaga Alzate -Sec.-

La primera reacción fue de la C.R.Q. solicitando al secretario del concejo de Calarcá todos los documentos de lo actuado en relación con el Acuerdo 003 con el objeto de “adelantar trámites judiciales ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.” Luego (21 de marzo de 1997) la directora de la C.R.Q., Alba Inés Pareja, por medio del oficio 000939, solicitó al alcalde de Calarcá “abstenerse de sancionar el acuerdo” 003 o, en su defecto, recomendó “objetarlo desde el punto de vista jurídico”. Y el 11 de abril se dirigió a la Alcaldía de Pijao advirtiéndole que si estaba considerando la posibilidad de promover un acuerdo como los anteriores, debería invitar previamente a la C.R.Q. “para analizar el sentido y alcance técnico de las disposiciones contenidas en ellas”. Fue claro el rechazo de la CRQ a las iniciativas de los concejos de varios municipios que trataban de proteger sus cuencas hidrográficas.

Luego reaccionó Cartón de Colombia S. A. -10 de diciembre de 1997- otorgando poder al Sr. Luis Carlos Sachica Aponte para que instaurara acción de nulidad contra el acuerdo No. 003 de marzo 12 de 1997 emanado del Concejo Municipal de Calarcá (Q).

En marzo de 1998 el Concejo de Salento solicitó a la Directora de la C.R.Q, control sobre las siembras de pino en la finca Alegrías que adelantaba la Reforestadora Andina por estar incumpliendo normas ambientales. También el alcalde y la Fundación Herencia Verde manifestaron su preocupación por los hechos denunciados. Nada.

Por aquellos días una concejal de Salento, Dorís Morales Bedoya, denunció que la Reforestadora Andina había sido autorizada por la C.R.Q. para seguir con sus siembras de pino, en 223 hectáreas, en la cuenca alta de la quebrada Cruz Gorda. Por la manera cómo se realizaban esas siembras la concejal Morales llegó a afirmar: “en pocos años Salento no tendrá agua ni para sus habitantes y menos para los turistas que llegan cada fin de semana”.

El mismo mes se conoció el pronunciamiento del Personero de Salento, Juan Bautista Giraldo Osorio, sobre la manera como la C.R.Q. pretendía ponerse por encima del municipio al desconocer los acuerdos 065 y 078 que trataban de controlar a la Reforestadora Andina.

El abril la Contraloría General del Departamento recomendó a la Reforestadora Andina cumplir con las normas ambientales, retirarse de las orillas de la quebrada, tomar medidas en cuanto a la utilización de herbicidas, y sembrar especies nativas en Cruz Gorda, y a la CRQ ordenó cumplir con su función, a la Alcaldía hacer cumplir la ley (art. 65 de la Ley 99 de 1993) y hacer cumplir el Acuerdo No. 078.

En febrero del 2000 el Consejo de Estado denegó las pretensiones de quienes demandaron el Acuerdo 078 de 1998, del Concejo de Salento, y precisó con claridad el tema de la reglamentación de usos del suelo como potestad constitucional encomendada a los municipios lo mismo que las facultades que le fueron delegadas en relación con medio ambiente y recursos naturales. Pero parece que aquí en el Quindío nadie se enteró… o nadie quiso enterarse.

En lo que va del siglo XXI se han repetido las denuncias ciudadanas sobre actividades irregulares de la Reforestadora Andina relacionadas con la práctica de extender sus cultivos destruyendo vegetación nativa adyacente, afectación a fuentes de agua, maltrato animal, conflictos laborales y propaganda engañosa.

El hecho más llamativo en muchos años se presentó en septiembre de 2017 cuando la C.R.Q. impuso una multa a la Reforestadora Andina de 2.450 millones de pesos (!) por "afectación ambiental" a los "recursos" agua y suelo al ocupar el cauce de las quebradas Las Pizarras y La Cristalina en Pijao, y por "afectación ambiental" a los "recursos" fauna, flora, ecosistemas y paisaje (noten el lenguaje utilizado por la CRQ). Sorprendió esta sanción de la C.R.Q. después de 30 años en los que le ha permitido a la empresa todo tipo de irregularidades y violaciones a normas ambientales. ¿Qué estará sucediendo en el Quindío? No sobra señalar que esa multa es poca cosa frente a los inmensos daños ambientales que esa empresa ha causado y sigue causando al Quindío.

Lo más preocupante es que después de 30 años de conflictos todo siga igual, los “desiertos verdes” de pinos y eucaliptos siguen creciendo, la producción de alimentos se reduce, aumenta la concentración en la propiedad de la tierra, cada día hay menos campesinos en nuestros campos, la diversidad biológica se agota, lentamente se secan nuestras fuentes de agua, se deterioran los paisajes, perdemos soberanía sobre el territorio, se reduce nuestra autonomía… se deteriora nuestra vida para que un puñado de inversionistas extranjeros sean cada día más ricos.

¿Hasta cuándo?

 

 

 

 

 

 

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