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Columnistas  |  04 febrero de 2023  |  12:00 AM |  Escrito por: Jhon Faber Quintero Olaya

Recuerdo del terror

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Jhon Faber Quintero Olaya

Jhon Fáber Quintero Olaya

Existen historias que por muchas circunstancias se quieren olvidar. Aquellos eventos que en nuestra memoria retrotraen dolor o generan temor son imágenes complejas de un pasado que debe quedar atrás o de un futuro resulta incierto. La razón recrea la fotografía de la emoción ello deviene en un pensamiento y en ocasiones en una acción. Cuando la sociedad colombiana evoca lo sucedido con la Unión Patriótica, sin duda, evoca una historia que no sería tan sencillo ignorar.

Las muertes de miles de personas, sólo por su ideología política, reafirma lo relevante que es la vida misma. Otros ejemplos múltiples llenan de dolor y sangre el suelo colombiano como los falsos positivos o las diferentes masacres perpetradas por los grupos alzados en armas. Sin embargo, lo acaecido con la Unión Patriótica tiene un rasgo especialmente dramático, toda vez que el exterminio tuvo un exclusivo móvil político.

Los procesos judiciales iniciados por cuenta de esta sistemática persecución no se han resuelto en su totalidad, pese a su declaratoria como delito de lesa humanidad. ¿Un homicidio, aún peor, un genocidio gestado y permitido por el Estado a instancia exclusiva de las ideas de un grupo de ciudadanos no es inconcebible? En palabras de Séneca “la vida es algo para sí mismo” y en Colombia no entendemos que el pluralismo ideológico enriquece una sociedad y que los conflictos deben ser resueltos en forma institucional.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, la misma que falló el caso Petro, ha indicado que: “Estado era responsable por una vulneración a los derechos de los dirigentes e integrantes de la Unión Patriótica por falta al deber de respeto” y fue más allá analizando la estigmatización que en su momento tuvo esta importante organización política y sus miembros. La Honra y la dignidad de colombianos que pensaban distinto se vio mancillada por el silencio cómplice de las autoridades y por falaces rumores que culminaron con un asesinato múltiple.

En ese sentido y en líneas posteriores dicente la reciente sentencia del Órgano de Justicia Internacional que: “En lo que se refiere a las declaraciones de altos funcionarios públicos, esta Corte recuerda que en otros casos ha señalado que en una sociedad democrática no sólo es legítimo, sino que en ocasiones constituye un deber de las autoridades estatales pronunciarse sobre cuestiones de interés público”. No obstante, la responsabilidad en la intervención también es fundamental porque en palabras de la Corte: “al hacerlo (las autoridades) están sometidos a ciertas limitaciones en cuanto deben constatar en forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en los que fundamentan sus opiniones, y deberían hacerlo con una diligencia aún mayor a la debida por los particulares, en razón de su alta investidura, del amplio alcance y eventuales efectos que sus expresiones pueden llegar a tener en determinados sectores de la población, así como para evitar que los ciudadanos y otras personas interesadas reciban una versión manipulada de determinados hechos”. Una autoridad tiene un grado de responsabilidad mayor por sus funciones y, en consecuencia, debe ser prudente en las cosas que dice y hace, por cuanto los efectos del fanatismo y del sesgo en el poder resultan fatales.

Esta reciente providencia, aunque fechada el 27 de julio de 2022, fue el resultado de una lucha familiar y social de más de 30 años de familiares, victimas exiliadas y organizaciones de la sociedad civil que tuvieron que acudir a la justicia internacional. Es decir, no sólo existió el dolor de cada estigma y muerte, sino una sensación de impotencia por la dolosa inacción del Estado. La Corte duró 30 años en pronunciarse y la denegación de justicia tuvo un tufillo de impunidad. La Sentencia es relevante, pero tal vez inoportuna. 

La Corte Interamericana reiteró que el camino de la reconciliación es la base del futuro, sino seguiremos repitiendo cíclicamente recuerdos de terror.

Adicional: La Corte Constitucional aún no define la suerte de la Procuraduría frente a la destitución de servidores públicos elegidos por voto popular, pero se filtra en algunos medios de comunicación que va a declarar inconstitucional parte de la Ley 2094 de 2021. Un nuevo debate se abre sobre estos temas, aunque es algo que ya habíamos anticipado en esta Columna.

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