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Columnistas  |  03 junio de 2023  |  12:00 AM |  Escrito por: Émerson Castaño

El tenebroso sindicato llamado SUTEQ

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Émerson Castaño

En mi columna titulada “SUTEQ: sindicato maltratador” (https://elquindiano.com/noticia/43356/suteq-sindicato-maltratador), intenté demostrar la arbitrariedad cometida por parte de la junta directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Quindío (SUTEQ), contra una persona contratada por ellos como asesora jurídica.

Ahora, con el propósito de indagar más sobre el asunto, en el sentido de profundizar cuáles fueron las razones de la junta directiva del sindicato para cancelar el contrato de prestación de servicios de la abogada Angélica Ramírez, solicité mediante derecho de petición el acta de junta directiva donde supongo que se discute el brutal despido, hoy día ya reintegrada de nuevo la abogada. No obstante, por el hecho de que el sindicato haya reintegrado a la profesional del derecho a sus labores, no pierde importancia el caso. Al contrario, cobra mayor interés público por tratarse de un sindicato que supuestamente defiende los derechos humanos y de los trabajadores de la educación.

Ahora, la respuesta al derecho de petición por parte de su representante legal, la docente (Vivian Charlot Bernal Saba), fue la siguiente: “La junta directiva del sindicato Único de trabajadores de la educación del Quindío SUTEQ se permite informar que no es viable enviar el documento requerido por usted a través de correo electrónico, ya que actualmente la organización sindical se encuentra en un proceso legal y está información es reserva del sumario”.

Con la anterior respuesta, el caso se vuelve más interesante. Y de entrada hay que decir que aludido sindicato no va a permitir que los quindianos (jóvenes, padres de familias y docentes) se informen en qué términos tratan a las personas que les sirven a ellos.

Al no tener otra alternativa, recurrí a la acción de tutela argumentando que el SUTEQ violó flagrantemente el derecho a la información. Luego, una juez de tutela (10 de mayo-2023) ordenó al sindicato “que dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS siguientes a la notificación de esta decisión por el medio más expedito, de respuesta de fondo a la solicitud elevada por el actor el 22 de abril de 2023, en el sentido de conceder o negar la entrega del documento solicitado, esto es, el acta de reunión de la junta directiva del SINDICATO UNICO DE TRABADORES DE LA EDUCACIÓN DEL QUINDIO, donde se decide dar por terminado el contrato de prestación de servicios de la abogada ANGÉLICA RAMIREZ BELTRAN…”.

Ahora, es un sindicato que está preparado para dilatar cualquier proceso que vaya contra ellos. Además, nunca van a permitir que los quindianos se informen de las determinaciones de la despreciable junta directiva actual.  Ni mucho menos que un periodista profundice en el tema.

De hecho, de inmediato los abogados impugnaron el fallo de la juez con una sustentación (muy débil) pretendiendo persuadir con la idea que al periodista no se le puede otorgar información porque es propia de una entidad privada, en este caso el SUTEQ. Y también alegan el derecho a la intimidad. Cualquier juez Constitucional de inmediato pensaría que las cosas no son como las quiere hacer ver sus abogados. Simplemente los profesionales del derecho al servicio del SUTEQ, intentan ganar tiempo y dilatar la entrega del documento con el fin de que pierda fuerza el caso. Creen ellos que, por el hecho de reintegrar a la abogada, las cosas quedarán en el olvido.

Ahora bien, no solamente es un modo de ocultar información por parte de servidores públicos amparados en un sindicato, sino que desconocen la reciente jurisprudencia Constitucional donde se protege absolutamente el derecho a la información. En el caso, por ejemplo, cuando la iglesia católica negaba entregar información de sacerdotes investigados por pederastia, alegando dizque información privada y derecho a la intimidad, una sentencia de los guardianes de la Constitución estableció que la investigación ejercida por el periodista Juan Pablo Barrientos, por su relevancia, merecía inmediata protección. La Corte Constitución fue más allá y dijo: “El derecho a la libertad de expresión de los periodistas incluye el derecho a investigar sobre hechos de interés público, con el propósito de cumplir el rol de la prensa como agente de control social en las sociedades democráticas” (ver: Sentencia SU191/22, pág., 21).

Lo que busca por todos los medios el SUTEQ, es impedir que el suscrito siga investigando el tema. Lo que me lleva a comprender que se trata es de un tenebroso sindicato. Que, por su condición de privados, coaccionan la libertad de expresión y de prensa.

En la misma sentencia de la Corte Constitucional (arriba aludida), secundada con el concepto de la Fundación para la libertad de prensa, agrega: “En segundo lugar, manifestó que las entidades privadas y públicas reiterativamente obstaculizan el acceso a la información de los periodistas, en lugar de brindar trámite efectivo y preferente que respalde sus investigaciones y denuncias por violaciones de derechos humanos. De hecho, afirmó que la multiplicidad de obstáculos administrativos para evadir la entrega de información de interés público es una estrategia de censura previa que afecta y menoscaba el ejercicio de derechos en una sociedad democrática, respecto de lo cual una prensa libre e informada puede contribuir a su eficaz protección” (Ver: Sentencia SU191/22, pág., 22).

Un juez de segunda instancia tiene la última palabra. También queda la opción de la Corte Constitucional.

 
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