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Región  |  29 abril de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Por falta gravísima sancionada Sandra Paola Hurtado

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La exgobernadora del Quindío Sandra Paola Hurtado Palacio fue destituida e inhabilitada para ejercer cargos públicos por espacio de 11 años según decisión tomada por la Procuraduría General de la Nación, luego de investigación en la que se comprobó que cometió irregularidades a la hora de suscribir contratos con otras entidades del departamento, el fallo de segunda instancia calificó la falta de como gravísima, cometida a título de culpa gravísima.

Junto con la sanción de la exgobernadora Hurtado Palacio se suma la del actual director de la Corporación Autónoma Regional del Quindío John James Fernández López, a quien la Procuraduría impuso inhabilidad de 10 años para el ejercicio de cargos públicos.

El organismo de control dio a conocer la decisión en segunda instancia tras resolver el recurso de apelación interpuesto por los implicados, confirmando un primer fallo conocido en el mes de enero anterior.

La decisión adoptada en las últimas horas por la Procuraduría deja en firme la suspensión por tres meses a Johnny Alberto Rodríguez Jaramillo en su calidad de gerente de la Promotora de Vivienda del Quindío –Proviquindío y Heidelman Grajales Puentes de la Empresa de Servicios Públicos, Esaquín S.A., por seis meses, el fallo de segunda instancia calificó las faltas de los exgerentes como gravísimas, cometidas a título de culpa grave.

Explica el ente de control que los disciplinados celebraron indebidamente convenios interadministrativos por valor de $36.398.184.886 entre las empresas Esaquín S.A. y Proviquindío con la gobernación de Quindío y algunos municipios del departamento, evadiendo los procesos de selección objetiva previstos en las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007.

La Procuraduría descubrió y demostró que estas empresas no tenían la capacidad técnica, administrativa, logística ni operativa para desarrollar los objetos contractuales convirtiéndose en intermediarios para cumplir con las obligaciones pactadas en los convenios celebrados.

El ministerio público consideró que los investigados y sancionados violaron los principios de transparencia y el deber de selección objetiva entre otras normas.

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