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Armenia  |  09 agosto de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

El proyecto turístico de la Estación se puede rescatar, dice el exalcalde César Hoyos Salazar

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El exalcalde de Armenia y expresidente del Consejo de Estado César Hoyos Salazar cree que el lote donde se proyecta la construcción del Centro Cultural y Turístico en la antigua estación del ferrocarril de Armenia, se puede rescatar para el uso público de la ciudad. El jurista hizo un pormenorizado análisis de dicho lote, para concluir que existen por lo menos dos fórmulas para que el lote lo pueda usar el municipio de Armenia como de su propiedad.

Primera fórmula

El primer argumento tiene que ver con la categoría jurídica del lote, que para el exconsejero, dejó de ser un bien de uso público para convertirse en un bien fiscal. Explica el abogado que el lote era, en un principio de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, pero esta fue liquidada en 1989 y creada, en ese mismo año, la empresa Ferrovías, que también fue liquidada en el año 2003. En el decreto de liquidación de Ferrovías, el 1791 de 2003, dice en su Artículo 13 que la red férrea a su cargo no forma parte de la liquidación y, por tanto, es transferida al Instituto Nacional de Vías. Al darse esta figura, los bienes transferidos, que estaban destinados a una red férrea, pasaron de ser un bien de uso público a un bien fiscal. Esto significa que Invías ha estado obligada a pagarle al municipio los impuestos correspondientes a este lote.

“Como bien fiscal, está sometido al pago de los impuestos de predial y complementarios y demás gravámenes municipales. Por tanto, conviene revisar si Invías ha pagado dichos gravámenes desde que pasó ese bien a su patrimonio. El decreto 1791 se expidió el 26 de Junio de 2003 y por tanto a partir de esa fecha el Invías debió gestionar su inscripción en catastro y en el folio de matrícula inmobiliaria y, obviamente, pagar sus impuestos, salvo que una norma municipal lo exonere”, sostiene el doctor Hoyos Salazar. Y manifiesta: “Entonces, surgen varios interrogantes:

¿Si no está inscrito el dominio de dicho inmueble en el folio de matrícula inmobiliaria a favor del Invías, qué puede pasar?

¿Si está inscrito como propietario y no ha pagado los impuestos qué debe hacer el municipio?”

A estas preguntas, el propio jurista responde diciendo que los bienes públicos son imprescriptibles y por tanto en este caso no procede la declaración de pertenencia. El jurista cita el Artículo 375 del Código General del Proceso, que dispone: ‘4. La declaración de pertenencia no procede respecto de bienes imprescriptibles o de propiedad de las entidades de derecho público. El juez rechazará de plano la demanda o declarará la terminación anticipada del proceso, cuando advierta que la pretensión de declaración de pertenencia recae sobre bienes de uso público, bienes fiscales, bienes fiscales adjudicables o baldíos, cualquier otro tipo de bien imprescriptible o de propiedad de alguna entidad de derecho público. Las providencias a que se refiere este inciso deberán estar debidamente motivadas y contra ellas procede el recurso de apelación.” Es decir, el lote, si no se ha vendido antes o cedido a título gratuito, sigue siendo de Invías, así no se haya hecho la escritura pública correspondiente y, por tanto, como bien fiscal, debe pagar los impuestos de predial e industria y comercio al municipio de Armenia.

“Por tanto, queda el segundo interrogante, que el municipio debe resolver mediante verificación en sus archivos de Tesorería si se han pagado o no esos impuestos. Si no se han pagado debe liquidarlos, con todos los recargos por intereses moratorios”.

Entregarlo al municipio en dación de pago

Después de todas estas explicaciones, Hoyos Salazar propone: “Con este monto, el municipio podrá pedir al Invías que entregue ese predio en dación en pago. Si es muy bajo el monto, no podrá ahora pretender el Invías que su predio vale más, pues esos impuestos se tasaron sobre el avalúo que en esas diferentes épocas tenía el predio. Para la escritura puede tomarse el último avalúo y el valor de los impuestos acumulados con sus intereses. Esto puede verificarse respecto de otros bienes de Invías en Armenia. Al respecto pueden verse las resoluciones 005722 de 2012 y 006814 de 2012 del Ministerio de Transportes de Colombia, que ordenan inscribir unos bienes de Ferrocarriles Nacionales en Popayán y su transferencia a título gratuito a Ferrovías por avalúos de $5.000.oo y $700.oo”.

La segunda fórmula

El expresidente del Consejo de Estado y exalcalde de Armenia propone también otra fórmula: “Si finalmente se considera que estas medidas no son útiles, puede explorarse que uno de los congresistas tramite, él o por conducto de otro colega, un proyecto de ley que autorice la cesión al municipio de Armenia dicho predio de INVIAS, y los demás que fueren necesarios, si es que los hay, para la construcción de su Complejo Cultural y Turístico”.

Rellenar el hueco es negligencia

Cesar Hoyos Salazar sostiene que tapar el hueco ahora, es un acto de negligencia. “Me parece que rellenar ese llamado “hueco” implica: aceptar que el Invías y el Ministerio de Cultura obraron con negligencia, pues si tenían reparos debieron formularlos a fin de evitar ese detrimento patrimonial del municipio, o desconocer que el municipio es quien tiene competencia para determinar el uso que debe darse a ese lote. Creo que entre la nación y el municipio debe darse una colaboración armónica, como se dio en otros entes territoriales que han utilizado esos bienes”.

Este documento fue entregado por el propio abogado César Hoyos Salazar al exalcalde de Armenia Carlos Mario Álvarez Morales en el 2017, como una forma de colaborar con la solución al problema surgido con el lote de la estación del ferrocarril.

 

 

 

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