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Política  |  09 noviembre de 2018  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Suspendidos por tres meses concejales de La Tebaida por extralimitación

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La Procuraduría General de la Nación suspendió por tres meses a cuatro miembros de la mesa directiva del Concejo Municipal de La Tebaida (Quindío), por extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

La sanción se impuso al presidente de la corporación, Diego Fernando Arias Uribe; al primer vicepresidente, Ricardo Alfonso Celis Rojas, y al segundo vicepresidente, César Augusto Bolívar Cárdenas, cabildantes para la vigencia 2016. La decisión de segunda instancia también involucra al presidente del concejo municipal para el año 2017, Jhon Fernando López Casas.

Aplicando una norma declarada inexequible, los disciplinados otorgaron licencias temporales no remuneradas, a la cabildante Ana Milena Restrepo Murillo, por un término de siete meses comprendidos entre el 30 de agosto y el 30 de noviembre de 2016, y el 28 de febrero y el 28 de junio de 2017.

A juicio del ente de control los entonces miembros de la corporación municipal afectaron el interés general, por cuanto la prohibición de las faltas temporales para estos funcionarios elegidos popularmente, salvo las excepciones legales, pretende impedir que se ausenten por largos periodos e incumplan sus funciones.

Con este comportamiento los disciplinados transgredieron, entre otras normas, el artículo 134 de la Constitución Política que consagra que “los miembros de las Corporaciones Públicas de elección popular no tendrán suplentes. Solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley, por los candidatos no elegidos que según el orden de inscripción o votación obtenida, le sigan en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”.

Las faltas de los integrantes de la mesa directiva del concejo fueron calificadas como graves, cometidas a título de culpa gravísima por la Sala Territorial Disciplinaria conformada por las procuradurías regionales de Quindío y Risaralda.

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