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Judicial  |  12 febrero de 2019  |  12:00 AM |  Escrito por: Redacción judicial

Confirman suspensión de docente por presunto abuso sexual a un alumno en Calarcá

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La Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa confirmó la decisión de suspensión provisional adoptada la Procuraduría Regional del Quindío, en contra de un docente de la institución educativa Jesús María Morales de Calarcá y adscrito a la secretaria de Educación del Quindío.

La medida fue adoptada en el marco de la investigación adelantada contra el disciplinado, por presuntos actos sexuales abusivos con un menor de edad y alumno del investigado, en hechos ocurridos al parecer en uno de los baños de la mencionada institución educativa.

Hace énfasis el Ministerio Público en la posición de especial vulnerabilidad en que se hayan los menores a cargo del docente investigado, lo que genera un riesgo latente, con posibles consecuencias de alto impacto psicológico para quienes pudieran ser víctimas de una conducta similar, asímismo la presencia del docente en la misma institución educativa del menor presuntamente abusado, genera una posibilidad de revictimización, la cual agravaría la situación psicológica del menor.

Agrega que si bien, existe a favor del investigado la presunción de inocencia, es claro que los elementos probatorios señalan con un margen de certeza, que existió una conducta sexual abusiva en contra de un menor de edad en su entorno escolar, presuntamente por una de las personas que tenía el deber de cuidarlo, situación que está siendo investigada, no obstante es preciso generar un espacio confiable y de prevención para él y los menores que se encuentran bajo cuidado del presunto infractor, considerando la prevalencia de sus derechos, así mismo, teniendo en cuenta que la suspensión provisional no afecta la presunción de inocencia.

El operador de primera instancia ordenó mediante auto del 4 de enero de 2019 la medida de suspensión provisional del docente por el término de tres meses, por calificarse provisionalmente la falta como gravísima y por existir elementos de juicio que permiten establecer que la permanencia en el cargo posibilita la interferencia del autor de la falta en el trámite de la investigación o permite que continúe cometiéndola o que la reitere.

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