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Colombia  |  11 marzo de 2019  |  08:50 AM |  Escrito por: Laura Barrios Quintero

Duque objetó parcialmente seis artículos de la ley estatutaria de la JEP

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El presidente Iván Duque Márquez anunció el pasado domingo, a través de una alocución televisada, su decisión de objetar parcialmente por inconveniencia la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz-JEP, que regula el sistema de justicia transicional. 

Vea aquí la alocución: 

Artículos objetados

Duque presentó reparos al artículo 7 porque según él no determina claramente “la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas”. “Los colombianos debemos tener claro la importancia de precisar que los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas”, expresó el mandatario.

El  inciso octavo del artículo 63  también fue objetado pues según indicó, no determina el alcance de la competencia del alto comisionado para la Paz para verificar las listas de quienes son reconocidos como miembros de grupos armados ilegales y que se sometan a un proceso de paz. Según Duque, este proceso debe ser competencia del alto comisionado y “no es conveniente debilitar una atribución que por años ha tenido el Alto Comisionado para la Paz para evitar que los delincuentes se oculten y ganen beneficios e impunidad”.

El inciso tercero del literal J del artículo 79  también fue objetado porque “no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar”. Para el primer mandatario, esto genera una situación en contra de los intereses de las víctimas y desperdicia “valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad”.

Otra objeción fue al parágrafo 2 del artículo 19 “que trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. Esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad”. Duque expresó que “el Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos sus esfuerzos para encontrar la Justicia y la Verdad.

Asimismo, Duque objetó el artículo 150 porque, a su juicio, es inconveniente al no precisar lo establecido en la Ley de Procedimiento de la JEP “cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas” en cuanto a las solicitudes de extradición de personas, que se hubiesen acogido al proceso de paz y que cometieron crímenes con posterioridad a la firma del acuerdo.

Finalmente, el artículo 153 fue objetado también “porque se condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Según Duque, eso produce un incentivo perverso para el ingreso de terceros a la JEP “bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados.

Vea también: Magistrada Patricia Linares dice que la JEP seguirá funcionando plenamente

Reforma constitucional 

Además, el presidente anunció que presentará al Congreso de la República un acto legislativo de reforma constitucional enfocado en tres aspectos de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), al considerar que es necesario para el país.

“Quiero informarle a Colombia que existen al menos tres aspectos del actual ordenamiento constitucional sobre la Justicia Transicional que debemos avanzar para ser modificados y que, estoy convencido, son necesarios para el país”, afirmó el jefe de Estado en alocución televisada este domingo, en la cual anunció al país que el gobierno nacional hizo objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la JEP.

En ese sentido, el mandatario dijo a los colombianos: “presentaremos al Congreso una reforma constitucional para modificar el Acto Legislativo 01 de 2017 que incluya estos tres puntos que mejoran la Jurisdicción Especial para la Paz”.

¿Qué incluiría la reforma?

Al dar a conocer cada uno de los tres puntos que incluirá la reforma constitucional, Duque explicó que el primero tiene que ver con “la exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia Transicional”.

“Nada, ninguna ideología, absolutamente nada, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad. Los colombianos no debemos ahorrar ningún esfuerzo en la protección de los menores”, enfatizó.

El segundo punto de la iniciativa de reforma constitucional –dijo– “debe dejar claro que quien reincida en las actividades criminales perderá todos los beneficios”.

Sobre el tercer aspecto el presidente indicó que este acto legislativo “debe dejar claro que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del primero de diciembre de 2016, y que continúen ejecutándose después de esa fecha, serán competencia de la Justicia Ordinaria para asegurar los principios de Justicia y No Repetición”.

El acto legislativo será presentado una vez se retome las sesiones ordinarias en el Congreso, el próximo 16 de marzo.

Finalmente, se mostró convencido “de la fuerza y la legitimidad que genera la colaboración armónica entre los tres poderes: 

“Juntos, la rama Ejecutiva, el Legislativo y la Corte Constitucional, podremos reformar y diseñar una Jurisdicción Especial para la Paz que asegure a todos los colombianos genuina Verdad, genuina Justicia, genuina Reparación y genuina No Repetición”, subrayó.

 

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