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Armenia  |  02 septiembre de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Se acaba la cuarentena en Armenia: ni toque de queda, ni pico y cédula, ni ley seca

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El gobierno municipal de Armenia acaba de decidir asumir por completo el Decreto 1168 del gobierno nacional, expedido el 25 de agosto de 2020, donde cambia el aislamiento obligatorio o cuarentena por un aislamiento selectivo. Esto quiere decir que a partir del este primero de septiembre no habrá cuarentena, sino aislamiento selectivo. Por tanto, en Armenia se acaba el toque de queda, el pico y cédula y la ley seca, medidas que habían sido adoptadas para contener la propagación del Covid-19

Sin embargo, este martes la alcaldesa Claudia Milena Rivera consultará con el ministerio del Interior para estudiar la posibilidad de implantar un toque de queda permanente desde las 10 de la noche y hasta las cinco de la mañana, con el propósito de detener el desbordamiento ciudadano en reuniones de muchas personas donde puede ocurrir un contagio más evidente del Covid 19. Si el ministerio lo acepta, se estudiará la medida con las autoridades de seguridad y de salud para adoptarla, seguramente a partir del próximo fin de semana. Por el momento, se anuncia que termina la cuarentena y los ciudadanos pueden asumir como medida el decreto 1168, que tiene las siguientes restricciones:

1 La población nacional debe continuar cumpliendo todos los protocolos de bioseguridad y seguir usando tapabocas. Las empresas deben continuar con la ejecución de sus medidas de bioseguridad.

2). Los alcaldes con previa autorización del Ministerio del Interior podrán solicitar restringir algunas actividades o zonas en su municipio. (Este es el caso de Armenia, donde la alcaldesa va a pedir permiso para un toque de queda a partir de las 10 de la noche y hasta las cinco de la mañana)

3). En los municipios no Covid, y de baja o moderada afectación, los alcaldes no podrán realizar aislamientos de actividades, zonas o áreas. Las medidas de orden público que vayan a adoptar en estos municipios los alcaldes, deben ser justificadas y autorizadas por el Ministerio del Interior de manera previa. (Sólo se podrán hacer aislamientos selectivos y focalizados en hogares específicos que presenten casos positivos)

4). Continúan 3 actividades prohibidas: ü Eventos que impliquen aglomeración. ü Bares, discotecas y sitios para bailar. ü Consumo de alcohol en espacio público y establecimientos (No queda prohibida la venta). No obstante, los alcaldes podrán solicitar planes piloto para abrir establecimientos con consumo de bebidas alcohólicas en el sitio

5) Podrán solicitarse planes piloto para la realización de ferias empresariales en los municipios.

6) La selectividad del aislamiento de que habla el decreto se da específicamente para aquellas personas que son positivas para Covid y para su núcleo epidemiológico, es decir familiares que puedan haber salido contagiados y que no tengan aún la prueba.

7) Solo están prohibidas las actividades que contempla el decreto, como las mencionadas arriba. Lo que no esté mencionado, no está prohibido.

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