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Armenia  |  19 diciembre de 2017  |  12:00 AM |  Escrito por: Redacción económica

El alcalde confirmó derogación de Plan de Ordenamiento Zonal de la Centenario

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El alcalde de Armenia derogó el decreto 081 de 2012 y su decreto modificatorio, el 030 de 2013.

El mandatario de Armenia, y su equipo asesor, fundamentó la decisión amparado en la Constitución Nacional, la ley 388, lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial; en armonía con la promoción de la prosperidad general, la participación ciudadana en las decisiones que afectan su vida económica, política, administrativa, social, y cultural; y sobre todo “el derecho inalienable de disfrutar de un ambiente sano; buscando proteger los suelos y el agua para garantizar un desarrollo sostenible”. 

El decreto 081 de 2012, modificado por el 030 de 2013, establecía el Plan de Ordenamiento Zonal, POZ, para la Avenida Centenario, una zona que en los últimos años ha presentado un desbordado crecimiento en la construcción de edificaciones que ponen en riesgo la contemplación y protección del corredor paisajístico de esta zona tan importante y estratégica para la ciudad, acelerando la contaminación de las quebradas y bosques aledaños.

El mandatario argumenta que pese a que el Plan de Ordenamiento Territorial de 2009 busca garantizar una relación armónica entre los recursos vitales como el agua, los animales, las plantas, el paisaje, el suelo, y la sociedad que lo rodea, el Plan de Ordenamiento Zonal de la Avenida Centenario contradice dicha disposición al permitir actividades de alto impacto allí como, por ejemplo: fábricas, centros de diversión nocturna, zonas de almacenamiento de combustible. Este POZ también permitía destinar suelos de protección ambiental, por ejemplo, para la ubicación de piscinas, quitándole las restricciones que los protegen.

Adicionalmente, el Plan de Ordenamiento Zonal de la Avenida Centenario, además de autorizar el cambio de uso de suelos sin el consentimiento del Concejo Municipal, autorizaba la instalación allí de estaciones de servicio de combustible y construir edificios sin límite en su altura.

“Pese a que en 2011 se dio la declaratoria por parte de la Unesco del Paisaje Cultural Cafetero como patrimonio de la humanidad, invitando a vincular sectores como la Avenida Centenario a un desarrollo amigable y para el disfrute colectivo del paisaje, el Plan de Ordenamiento Zonal, para esta parte de la ciudad, no contempla dichas recomendaciones y por el contrario autoriza el máximo aprovechamiento del suelo sin importar el riesgo de destrucción para el hábitat de especies animales y plantas, la integridad física de las personas y el derecho fundamental de gozar un bien común como son los recursos naturales”.

Otro de los vacíos, que encontró el equipo de estudio de las normas (conformado por el alcalde capitalino, Planeación municipal y los asesores jurídicos), fue la ausencia de trámite ante el Concejo Municipal y la falta de socialización ante la comunidad para autorizar cualquier cambio o expedición de algún decreto que autorizara situaciones no contempladas en el Plan de Ordenamiento Territorial

En su exposición de motivos, el gobierno municipal reiteró que se debe respetar todo lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, antes de autorizar desarrollos urbanísticos. Por ejemplo, aspectos tan importantes como ubicar en la geografía, con cartografía de detalle, las áreas útiles para permitir las construcciones; y realizar los estudios de taludes e hidrográficos.

“Las decisiones que he tomado tienen soporte y seguridad jurídica, no son decisiones en contra de un gremio. Simplemente estoy obrando conforme lo ordena la constitución, pensando en la ciudad que le vamos a heredar a las futuras generaciones. Quiero hacer cumplir el Plan de Ordenamiento Territorial y dar tranquilidad a los ciudadanos sobre el papel que debe cumplir una alcaldía para garantizar los intereses colectivos y la defensa del Paisaje Cultural Cafetero como patrimonio de la humanidad”, puntualizó el alcalde Carlos Mario Álvarez Morales.

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