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Armenia  |  12 marzo de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Rubiela Tapazco Arenas

Ministro de Comercio lanza hoy en Armenia la Zona Económica y Social Especial

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Este jueves se cumplirá el lanzamiento de la Zona Económica y Social Especial, durante acto que presidirá el ministro de Comercio, Industria y Turismo José Manuel Restrepo Abondano en el Centro de Convenciones de esta capital.

El acto que se prolongará entre las 8 de la mañana y las 12 del día, será propicio para la socialización de los beneficios e impacto de la ZESE, además de la realización de un taller práctico que les permitirá a los empresarios entender el tema y aclarar dudas sobre su posibilidad de acceso al proyecto.  

La Zese, es un régimen especial en materia tributaria que establece el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, con el propósito de atraer inversión y generación de empleo en los departamentos y ciudades que son ZESE, y así contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de la población de Armenia, Norte de Santander, La Guajira, Arauca y Quibdó.

Dicho régimen aplica a las ciudades de Armenia y Quibdó, porque son las capitales cuyos índices de desempleo durante los cinco años anteriores a la expedición de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo han sido superiores al 14%.

Con esta iniciativa se benefician las sociedades comerciales que se constituyan en la ZESE, dentro de los 3 años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, es decir el 25 de mayo de 2019, o las sociedades comerciales existentes constituidas bajo cualquiera de las modalidades definidas en la legislación vigente.

Los beneficiarios deben aumentar el 15% del empleo directo generado, tomando como base el promedio del número trabajadores vinculados durante los 2 últimos años gravables anteriores al año en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria ZESE, que en ningún caso podrá ser inferior a 2 empleos directos, y mantenerlo durante el periodo de vigencia de aplicación del régimen tributario.

Para las sociedades que al momento de aplicar el régimen especial en materia tributaria tengan menos de 2 años de constituidas corresponde el aumento del 15% del empleo directo generado, tomando como base el promedio de los trabajadores vinculados desde su constitución que, en ningún caso, podrá ser inferior a 2 empleos directos.

La actividad económica principal de las sociedades que apliquen el régimen tributario especial consiste en el desarrollo de actividades industriales, agropecuarias y/o comerciales.

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