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Región  |  06 febrero de 2021  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Anulan decreto que pretendía pasar suelo rural a urbano en Filandia

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El Tribunal Administrativo del Quindío anuló el decreto106 del 14 de octubre de 2020 emitido por el municipio de Filandia, “por medio del cual se abrió convocatoria pública, tendiente a incorporar predios del suelo rural, sub urbano y de expansión urbana al perímetro urbano del municipio de Filandia (q), en virtud de lo dispuesto por el artículo 91 de la ley 1753 del 2015.

De acuerdo con la sentencia, el alcalde del municipio de Filandia vulneró la autonomía de la entidad territorial en materia de regulación del uso de suelos, pues dejó en manos de los particulares la determinación de los predios localizados en suelo rural, suburbano y expansión urbana, para el desarrollo del perímetro urbano del Municipio, cuando dicho ámbito le corresponde exclusivamente al Concejo Municipal conforme al POT y las determinantes que lo orientan. 

Hacer una convocatoria pública para incorporar suelos rurales a urbanos, es decirle a los particulares interesados que pongan sus predios, es decir, sus interés particulares, en la bolsa de los nuevos predios urbanos, que, por supuesto mejorarán su precio.

Así pues, con el Decreto que expidió el alcalde el 14 de octubre de 2020 desconoció completamente las funciones del concejo municipal, incluyendo aquellas que tiene esta corporación sobre las modificaciones a los Planes de Ordenamiento Territorial

Como dijo la Procuraduría en desarrollo del debate en el Tribunal: “si se deja esta competencia en manos de los particulares, quienes resultaren vencedores en la convocatoria pública tendrían un derecho en virtud del principio de confianza legítima, y pondrían al Concejo Municipal sin margen de maniobrabilidad. Al contrario, el Concejo Municipal debe ser libre de determinar qué lugares son susceptibles para desarrollar el perímetro urbano del Municipio, sin tener en cuenta intereses particulares, pues los Municipios cuentan con herramientas como la venta forzada y la expropiación para hacer efectivas las actividades urbanísticas correspondientes”.

La demanda fue interpuesta por la gobernación del Quindío, en virtud de lo que le permite la ley.

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