• DOMINGO,  28 ABRIL DE 2024

Denuncia  |  28 febrero de 2024  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Exgobernador Roberto J. Jaramillo dejó perder $12.000 millones por falta de acción ejecutiva

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Un fallo del Tribunal Administrativo del Quindío facultó al exgobernador del Quindío Roberto Jairo Jaramillo Cárdenas para que tramitara ante los ministerios de Educación y Hacienda, cerca de $12.000 millones de pesos para pagar una prima de servicio atrasada a maestros del Quindío, fallo que no acató el mandatario y le hizo el quite definitivo.

Jaramillo Cárdenas prefirió sacar recursos frescos de los ingresos propios del departamento, recursos que están destinados a la inversión social, para pagar esa prima, en un acuerdo con el abogado de los maestros, el administrativista Yobany López Quintero. Con esta acción, el exgobernador no solo frenó la inversión social en el Quindío con estos $12.000 millones, sino que causó un posible detrimento en los recursos públicos del departamento, tras no tramitar esa cifra ante el organismo nacional que por ley le correspondía pagar, como es el Ministerio de Educación con el concurso de la Nación a través del Ministerio de Hacienda, según el fallo del Tribunal, emitido en el 13 de febrero del 2020, que indicó que la educación es un servicio público centralizado cuyos recursos provienen de la Nación.

Conociendo el fallo y a sabiendas de que el camino para hacer el pago era tramitar el giro de los dineros por parte de los dos ministerios: Educación y Hacienda; a los que el Tribunal ordenaba hacerles el pago a los maestros a través de un giro a la gobernación del Quindío, el gobernador Roberto Jairo, diez meses después del fallo, en octubre de ese año, hizo los pagos, pero con dineros propios, sin reclamarle la plata a los dos ministerios.

El fallo

El Tribunal, tras resolver una Acción Popular interpuesta por el gobierno anterior, dirigido por el padre Carlos Eduardo Osorio, declaró vulnerados los derechos colectivos a la moralidad administrativa y al patrimonio público, e impartió las siguientes medidas:

Ordenar al Departamento del Quindío que en un plazo máximo de veinte (20) días efectúe la liquidación de la obligación que por concepto de la prima de servicios reconocida en sentencia judicial se encuentra pendiente de pago, acorde con el trámite que ya fue iniciado e informe con veracidad a la Nación - Ministerio de Educación cuál es el monto con el que actualmente cuenta para contribuir a su pago.

Igualmente, ordenó a la Nación — Ministerio de Educación que un plazo de veinte (20) siguientes al recibo de la liquidación valide y certifique la deuda acorde con el respaldo documental que a su disposición pondrá el ente territorial. Dentro de este mismo término deberá determinar si cuenta con recursos o excedentes para complementar la obligación y de ser así adoptará en un plazo de cinco (5) días las medidas para cubrir la misma.

Acudir al MinHacienda

Y sostiene el fallo: “De no contar con recursos para lograr satisfacer la obligación y vencidos los 20 días iniciales el MEN solicitará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público concurrir en el pago, informando cuál es el monto con el que cuenta la entidad territorial y la suma necesaria que se debe cubrir con recursos del Presupuesto General de la Nación para lograr el pago total de la deuda.

En ese sentido, el Tribunal ordena a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público que en un plazo de veinte (20) días contados desde la fecha en que reciba la validación y certificación de la obligación por parte del Ministerio de Educación, realice las actuaciones necesarias tendientes a satisfacer la obligación que le asiste con la concurrencia de los recursos, y quince (15) días más contados a partir de la comunicación que realice la entidad territorial informando la respectiva celebración del encargo fiduciario a través del cual se efectuarán los pagos, para poner a disposición los respectivos recursos.

Soporte legal

Y dice el Tribunal:En este trámite el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no podrá argumentar falta de soporte legal de la obligación para oponerse a concurrir en su pago, ni podrá valerse de presuntas responsabilidades al interior del ente territorial para eludir la concurrencia de recursos.

La deuda

La deuda, al momento del fallo, estaba tasada en $15.300 millones de pesos. De ellos, el departamento contaba con $3.200 millones provenientes de los excedentes acumulados de la ejecución presupuestal de los dineros del Sistema General de Participación; lo que significa que la Nación debería de aportar, para completar el pago, $12.000 millones, al mes de abril del año 2018.

No hubo gestión

EL QUINDIANO habló con los abogados que impetraron esta acción y que ganaron a favor del departamento del Quindío, sobre las causas de no haber hecho el cobro a la Nación por parte del gobierno seccional y respondieron que desconocían esas causas que tuvo el gobierno del señor Jaramillo para tomar esta determinación.

EL QUINDIANO estableció que cuando llegó el gobierno de Roberto Jairo Jaramillo, y a pesar del fallo, esa administración echó al olvido el asunto y se dedicó a ‘negociar’ con el abogado de los maestros el pago de esa prima con recursos propios, que deberían estar, por ley, orientados a la inversión social. Fue así como el gobierno de Jaramillo Cárdenas, no solo gastó $12.000 millones que deberían de ir a obras sociales o de infraestructura en pagar una deuda que le correspondía a la Nación, sino que no hizo el trámite para cobrar esos dineros a los ministerios de Educación y de Hacienda, lo que suma en total, una pérdida de $24.000 millones de pesos.

Ni la Contraloría, ni la Procuraduría han puesto aún los ojos sobre este asunto, a pesar de que la sentencia compulsa copias a los dos entes para las investigaciones pertinentes.

Las preguntas que han surgido en los corrillos jurídicos de la región son: “¿Cuáles fueron las razones del gobernador para ‘negociar’ con el abogado de los maestros el pago de las primas con el dinero de inversión de los quindianos?” ¿Por qué el gobernador Jaramillo no se acogió al fallo del Tribunal? ¿Por qué el gobernador Jaramillo no reclamó en los ministerios ese dinero que, por ley y constitucionalmente, debe pagar la Nación, pues la educación es un servicio público centralizado? Y, por último: ¿Por qué no ha habido a la fecha ninguna autoridad de control que investigue este caso?

 

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